El 26 de enero el Presidente la Cámara de Diputados, Francisco Undurraga, comunicó al Presidente de la República que el Congreso Nacional había dado su aprobación al proyecto de ley que «Reduce o elimina exenciones tributarias», el mismo que el Gobierno había desarrollado con el fin de establecer condiciones de financiamiento para la Pensión Garantizada Universal.
Caratulado por el Gobierno como de «suma urgencia» el proyecto se ingresó el 21 de diciembre a la Cámara de Diputadas y Diputados, y en lo que fue una discusión maratónica de un mes el proyecto quedó aprobado y despachado.
Lo que poco se habla sobre esta iniciativa impulsada por el Ministerio de Hacienda es que, entre gallos y medianoche, aprovecha de modificar el Código de Minería, sin el más mínimo estudio de implicancias ni consideración de la opinión de los organismos técnicos y gremios.
Los abogados Gastón Fernández Montero y Alberto Cortés Nieme denuncian como irregulares las modificaciones ingresadas por el propio Sebastián Piñera para alterar el Código de Minería, lo que supondría «graves alteraciones a la certeza, seguridad y estabilidad a la propiedad minera vigente», según señalan a través de una minuta de reproches que hicieron sobre el proyecto.
Alberto Cortés es abogado especialista en Derecho Minero y Derecho de Aguas y se ha desempeñado como profesor de Derecho de Recursos Naturales (Pontificia Universidad Católica), Derecho Forestal (Universidad del Desarrollo-Concepción), y Legislación minera (Universidad de Chile). Es miembro Miembro de la Comisión Legal de la Sociedad Nacional de Minería y miembro de la Asociación Chilena de Derecho Ambiental.
Por su parte, Gastón Fernández es abogado especialista en Derecho Minero de la Universidad de Chile, se desempeñó durante 11 años como abogado de la Empresa Nacional de la Minería (Enami). También fue fiscal del Ministerio de Minería, cartera de la que llegó ser subsecretario en 1994, bajo la administración de Eduardo Frei. Fue académico en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y en la Universidad Santo Tomás y actualmente es miembro honorario del Instituto de Ingenieros de Minas de Chile (IIMCH), representante de la Sociedad Chilena de Historia y Geografía en el Consejo de Monumentos Nacionales y miembro de la Comisión Jurídica y Técnica de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA).
En conversación con El Ciudadano, el abogado Gastón Fernández, fue enfático al señalar la gravedad que implica esta forma de legislar con proyectos «micelares». «El Código de Minería tiene un ordenamiento orgánico que no debiera ser modificado sin el correspondiente debate, sin considerar el conocimiento, la opinión e inquietudes de los organismos técnicos como el Sernageomin o la Cámara Minera. Hay que hacer las cosas bien, no como una liquidación de último minuto como está haciendo el gobierno de Piñera», sentencia el abogado.
El proyecto se encuentra a solo un paso de convertirse en ley, a merced del Ejecutivo que lo impulsó, Sebastián Piñera tiene solo dos opciones: hacer reparos constitucionales y mandarlo al Tribunal Constitucional o promulgarlo como ley. Todos los tiros apuntan a que pasará lo segundo, a menos que la presión de los gremios y de los servicios e instituciones técnicas de la minería hagan eco en el presidente saliente.
«Si lo publica y lo promulga solo quedará llorar sobre la leche derramada (…) sencillamente le va a explotar en la cara al próximo gobierno con un montón de trastornos que no se buscó. Porque pese a que el nuevo gobierno puede estar muy bien inspirado va a tener que lidear con esta herencia negativa, sienta un mal precedente», señaló el abogado.
Modificaciones inconstitucionales
El proyecto genera una importante cantidad de dudas sobre el real alcance que tendrán las modificaciones hechas por el Ejecutivo al Código de Minería en este proyecto de ley.
En la minuta de reproches titulada «Graves alteraciones inconsultas al régimen institucional de la propiedad minera en el proyecto de ley boletín 14.763 sobre exenciones tributarias», confeccionada por los abogados y que no ha tenido mayor difusión en la prensa, se mencionan al menos seis modificaciones inconexas y que guardan poca relación con el título del proyecto:
- La modificación del sistema de las coordenadas UTM que debe emplearse para ubicar el punto de interés de las pertenencias mineras, y las coordenadas UTM de los linderos vértices de las pertenencias mineras.
- La modificación de la manera de realizar la mensura de las pertenencias mineras
- Eliminar exigencia de mantener hitos en terreno.
- Limitar las acciones posesorias, permitiéndolas solo donde se acredite constitución de servidumbre minera y/u otro derecho real.
- La modificación del plazo y el régimen de vigencia de las concesiones mineras de exploración.
- Modificación del régimen de patentes mineras.
Los juristas alegaron que estas modificaciones eludían los pasos normales de tramitación y discusión de un proyecto de ley sobre materias de fondo. Además de ser vulneradoras del artículo 69 de la Constitución, que plantea que en ningún caso se admitirán (regulaciones o modificaciones) que no tengan relación directa con las ideas matrices o fundamentales del proyecto que se anuncia. En este caso, el de «reducción o eliminación de exenciones tributarias».
Los seis aspectos que introdujo el Ejecutivo en el proyecto «no tienen ninguna relación con la idea matriz del proyecto», denuncian los abogados, usando de manera oportunista el cuerpo legal para introducir modificaciones de fondo, que debieran ser debidamente debatidas junto a las instituciones y gremios correspondientes y en la instancia legislativa que le compete, no como anexos apresurados a fin de gobierno que repercutirán en la administración siguiente.
«Semejantes modificaciones tienen su origen en el profundo desconocimiento de los objetivos de las normas del Derecho de Minería, cuya justificación se encuentra arraigada en la evolución de esta legislación especial», señalan los abogados.
Por su parte, Fernández señala que «puede que estas modificaciones produzcan efectos negativos, ya que no hubo un real estudio del tema para entender todas sus implicaciones (solo se trabajó en las comisiones de Hacienda del Parlamento). Crea incertidumbres innecesarias, sumado al hecho de que hubo atropello a principios constitucionales».
Atentado contra la seguridad y certeza jurídica en la minería
Una de las modificaciones al Código de Minería en la que hacen especial énfasis los abogados es sobre reemplazar el sistema de coordenadas UTM Datum 1956 vigente por el sistema “SIRGAS”.
Se establece un sistema entrelazado con el fin de imponer la “unificación del sistema de coordenadas de las concesiones mineras”, fijando atribuciones al Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), para la asignación de nuevos vértices a todas las pertenencias mineras existentes en Chile.
En su argumentación los abogados señalan que «semejante modificación de aporte de coordenadas de todas las pertenencias mineras de Chile significa una GRAVE DISTORSIÓN a la estabilidad de los títulos de la propiedad minera, ya que se traduce en un procedimiento que deberá ASIGNAR nuevas coordenadas UTM de ubicación a cada uno de los vértices de TODAS las pertenencias mineras vigentes en Chile».
Lo anterior, señalan los abogados, generará un escenario que pondrá en riesgo la seguridad jurídica y la certeza técnica de todos los títulos de propiedad minera, ya que entrega a las autoridades administrativas una atribución discrecional no permitida por la Constitución, ya que para este tipo de modificaciones se necesita una autorización de norma constitucional que permita ese régimen de excepción para la adecuación de los títulos de propiedad minera.
«La seguridad y la certeza jurídica son principios fundamentales que se han establecido en la legislación chilena con mucha fuerza y eso ha permitido que Chile sea una potencia minera de carácter mundial. Si esos principios se ponen en juego, si se empieza a legislar de forma apresurada sin los correspondientes resguardos, eso atenta contra el desarrollo minero, lo desestabiliza, como ha ocurrido en otros países que no han resguardado este principio fundamental. Eso es lo más reprobable del proyecto que mandó el Ejecutivo, sin conocimiento de las instancias mineras del país porque todas han expresado su estupor ya que vinieron a conocer esto cuando ya había sido despachado por el parlamento», señala Fernández.
Lo mismo ocurre con la eliminación de la obligación de construir y mantener hitos de mensura y linderos vértice de las pertenencias mineras, ya que significa la modificación de «un sistema de ejecución de las operaciones de mensuras que tiene su explicación técnica y legal, en un origen que lleva imperante durante siglos en el sistema concesional minero chileno», señalan en la minuta, lo que no hace más que agravarse debido a la falta de debate sobre los efectos que tendrían dichas modificaciones.
La indicación ingresada por Piñera también acorta los plazos para solicitar la mensura en la tramitación de pertenencias mineras, de entre 200 y 220 días a entre 90 y 120 días. Lo mismo ocurre con el plazo para presentar acta y plano de la mensura, rebajándolo de 15 a 10 meses, atentando contra «la protección de los derechos del descubridor, exponiéndolo a caducidades innecesarias», señalan los abogados.
En cambio, aumenta el plazo de las concesiones mineras de exploración a cuatro años, en contraste de los dos que establece la ley en la actualidad. Lo que es perjudicial en medida que estas concesiones cumplen un rol de transición en la constitución de la propiedad minera, alterando la normalidad de su funcionamiento. Además, «establece un engorroso sistema de renovación que generará inestabilidad y sendos litigios en el ejercicio posterior de la manifestación mineras que de ellas deriven», señalan los abogados en la minuta.
Para concluir, los abogados señalan que el nuevo régimen de patentes mineras que establece el proyecto, representa una discriminación arbitraria que instaura la aplicación de valores desproporcionados que no guardan concordancia con la realidad.
«Si tú le preguntas a los pequeños mineros qué piensan de este proyecto, o qué han empezado a saber ahora apresuradamente una vez que el proyecto ya fue despachado, te darán su correspondiente opinión. En definitiva los trastornos que va a traer esta nueva normativa va a concentrar el poder en las grandes empresas, y va a hacer desaparecer seguramente la pequeña y mediana minería«, sentencia el abogado especialista en Derecho Minero.
Finalmente, Fernández es enfático al señalar la importancia de estar alerta a estos últimos movimientos legislativos de la administración de Piñera, que pese a estar de salida pareciera no ser excusa para el mandatario que se empeña en seguir con el amarre de normas.
«No se entienden los escándalos que se generan a veces por los debates de la Convención, que tienen un carácter propositivo, en cambio lo que estamos hablando de este proyecto dictado por el gobierno de Piñera salió del Parlamento, y eso sí que va a ser ley. Pasan desapercibidos acuerdos del poder legislativo chileno y eso sí que es grave, cambia el sistema, cambia todo, entre gallos y medianoche, y eso es lo más reprobable. Que se perfeccionen las instituciones está bien, pero que se modifiquen entre gallos y medianoche no lo está«, concluye con justificada alerta el abogado especialista en materia minera.
Este grave y desconocido amarre de Piñera, se suma a un conjunto de acciones que está realizando el Gobierno, que favorecen a grandes grupos económicos y a cercanos a su Gobierno, antes de entregar el mando de la nación a Gabriel Boric.