Este sábado se publicará la lista de vocales de mesa y locales de elecciones primarias 2020

Quienes necesiten excusarse podrán hacerlo desde el 9 hasta el 11 de noviembre, apegándose a las causales de excusa del artículo 49 de la Ley 18.700

Este sábado se publicará la lista de vocales de mesa y locales de elecciones primarias 2020

Autor: Isailen Piñango

El Servicio Electoral (Servel) publicará, este sábado 7 de noviembre, el listado de vocales de mesa y los locales de votación de cara a las elecciones primarias de gobernadores regionales y alcaldes, a realizarse el próximo domingo 29.

Para esta oportunidad, las Juntas Electorales determinarán los vocales sorteándolos entre quienes fueron nombrados para dicha función en el Plebiscito.

Según información recogida por Prensa Servel, serán 21.281 mesas de sufragio que estarán distribuidas en todo el país, y deberán tener de tres a cinco vocales máximo.

La normativa dictada por Servel, indica que para estas elecciones las mesas funcionarán entre las 8.00 y 18.00 horas, a menos que, llegada la hora de cierre, hubiese electores de la mesa esperando para sufragar.

Servel publicará este sábado la lista de vocales de mesa y los locales de votación para las Primarias 2020
Foto: web/referencial.

Los elegidos que necesiten excusarse podrán hacerlo desde el lunes 9 hasta el miércoles 11 de noviembre, apegándose a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700 y los que cumplan con las siguientes características:

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales; o desempeñarse como cuidador en los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Las excusas pueden ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva o acreditarse ante el delegado del local el día de las Primarias o ante el juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad.

Exceptuando los casos mencionados, Servel reitera que todos los vocales tienen el deber asistir a la constitución de mesas el día 28 de noviembre a las 15:00 horas, en su respectivo local de votación.

Fuentes: El Mostrador/Servel.


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