Discriminación al interior de la Escuela de Grumetes «Alejandro Navarrete Cisterna», ubicada en isla Quiriquina, denunció la ex grumete de iniciales A. M. P. ante el Primer Juzgado Civil de Quilpué.
La demanda se enmarca en el procedimiento establecido en la Ley 20.609 -más conocida como «Ley Zamudio»-, y argumenta que la Armada vulneró el trato igualitario que la joven debía recibir en el proceso de admisión 2018, expulsándola arbitrariamente del plantel.
Según el relato al que accedió El Ciudadano, la afectada pasó todas las pruebas teóricas de lenguaje, comunicación y matemáticas que rindió en la Academia Politécnica Naval de Viña del Mar, obteniendo resultados positivos en los exámenes psicológicos practicados por el Servicio de Medicina Preventiva de la Primera Zona Naval de Playa Ancha.
Sin embargo, una vez ingresada en la escuela, oficiales de la Armada cuestionaron la existencia de cicatrices en los brazos de la aspirante, quien les comentó voluntariamente que «hace cinco años aproximados… había pasado circunstancias difíciles en mi antiguo colegio y familiares… y reaccioné de manera errada, por lo que me hice daño en mi brazo izquierdo».
Días más tarde, cuenta A. M. P., su situación cambió drásticamente: la mandó a llamar una Nueva Oficial de Sanidad, la teniente Valentina Cabrera, señalándole que luego de estudiar su caso había resuelto que tenía que irse de la Armada de Chile, participando en esta decisión la teniente Camila Oviedo Maldonado, oficial de división.
«Frente a esta evidente discriminación que sufrí por haber sufrido un episodio durante mi pre adolescencia, la que comenté debido a mis valores, de decir la verdad ante todo, vi como mis sueños se truncaban y le solicité a dicha oficial que me realizaran nuevamente todas las evaluaciones de rigor, la evaluación psicológica MMPI, Test Rorschach, lo que hiciera falta, a lo que se negó», indica.
Posteriormente, la grumete se dirigió donde la teniente Oviedo, quien además de confirmar la versión, habría argumentado que la estudiante se podía «llegar a matar por la presión que tendría en la Escuela», debiendo retirarse de la misma «sí o sí».
La presentación judicial patrocinada por el abogado Benito de la Fuente cita el artículo 2º de la Ley Zamudio, que define discriminación como «toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República o en los tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por Chile».
En resumen se solicita que el tribunal declare que la Armada ha incurrido en discriminación arbitraria, que se ordene el reintegro de la joven como alumna regular de la Escuela de Grumetes y que se condene al Fisco «al pago de una multa de 50 UTM».
Matías Rojas – [email protected]