Francisco Marín Castro
La oscuridad se cierne sobre la causaRUC Nº 2100911396-4 “Caso Denisse Cortés”, toda vez que el fiscal a cargo Francisco Ledezma (Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad) mantiene el caso con extremo secretismo, niega a las familias los informes claves y traba con, excusas insólitas e injustificadas, la realización de una segunda autopsia.
El Ministerio Público no ha entregado el informe de la autopsia realizada en el Servicio Médico Legal (SML), pese a que está en sus manos desde el 18 de octubre, como se afirma en escrito “Solicitud de diligencia Nº 01”, emanado por la parte querellante (la familia de Denisse Cortés), encabezada por su madre Teolinda Saavedra.
Allí mismo se consigna que el fiscal tiene en su poder -desde el 14 de octubre- el informe policial Nº 4464 de la Brigada de Homicidios (BH), el que tampoco ha entregado.
También se informa que la Fiscalía ha recibido material audiovisual clave para resolver el caso, pero aún lo mantiene en reserva. “(Solicitamos) acceso a ‘video hecho 1’ y ‘video hecho 1’ (sic), ambos recepcionados el 12 de octubre de 2021; y NUE 6238467 con video hechos, creada el 14 de octubre de 2021”, como se menciona en el mencionado escrito el que fue patrocinado por los abogados Silvana del Valle Bustos, Rodrigo Calderón Astete y Rodrigo Medina Jara, todos académicos de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano (UAHC), institución en la que Denisse Cortés estudiaba derecho.
Hasta la mañana del viernes 22 el fiscal Ledezma no accedía a los requerimientos de la familia de la víctima. Todo lo contrario: con insólitas exigencias ha impedido la realización de una segunda autopsia, solicitada por la familia de Denisse Cortés, que estaría a cargo del renombrado médico legista Luis Ravanal Zepeda.
La cuestionada versión policial
A las 11:45 de ese domingo 10 Denisse Cortés (43) -que cursaba tercer año de derecho en la Universidad Academia de Humanismo Cristiano (UAHC) y formaba parte de la Defensoría Popular- se acercó a un piquete de Carabineros posicionado en medio de decenas de vehículos blindados y cientos de efectivos policiales que copaban la Alameda, frente a Lastarria y Portugal.
Denisse -que participaba como observadora de derechos humanos en la «Marcha por la resistencia mapuche y autonomía de los pueblos»-, les pidió que “cesaran con la represión”, tal como reportó la Defensoría Popular en un comunicado emanado la noche del 10 de octubre.
“Se acercó con las manos en alto hacia ellos y en el momento en que estaba junto con otras personas en ese lugar se escuchó una explosión y se desplomó”, agregaron.
Resulta poco creíble que Denisse haya fallecido como resultado de fuegos artificiales arrojados por un encapuchado, como sostiene Carabineros (a esta altura la única versión oficial), lo que es avalado con el silencio cómplice de la Fiscalía.
Esto, mientras los grandes medios replican sin mayor cuestionamiento esta única versión oficial existente y hasta un candidato presidencial da por hecho que la estudiante y defensora de los derechos humanos murió ante un ataque de un manifestante, como hizo José Kast en el último debate presidencial verificado el lunes 11.
Téngase presente que, a simple vista, puede percibirse que los fuegos artificiales no eran para nada potentes, como aseveraban diversos “expertos” en Twitter. La mejor expresión de aquello es que los carabineros más próximos ni se inmutaron cuando explotaron en ráfaga a menos de dos metros de ellos.
Pero, cuatro metros atrás y en medio de un piño de unos 13 policías antimotines, se aprecia que uno de ellos dispara, hacia delante y abajo, con una escopeta. El estruendo -fuerte y corto, propio de los disparos-, es acompañado de un fogonazo de humo, también orientado hacia delante y al suelo.
Comunicaciones de Carabineros “liberó” la noche del 10 de octubre un video tipo Go Pro de uno de los efectivos que estaba al lado de Denisse cuando se produjo el incidente fatal. Este registro fue presentado casi como una demostración de su versión, en circunstancias que no se aprecia nada que apunte a confirmarla.
Denisse ingresó a las 12:04 al Servicio de Urgencia de la Ex Posta Central. Allí fue atendida por un equipo médico y posteriormente derivada a Pabellón. Murió “en la intervención debido a las graves lesiones que ocasionó el impacto del proyectil en su cuello”, según señaló la Defensoría Popular en su comunicado.
A momentos de ocurrida la muerte de Denisse, su madre expresó rechazo a la versión de Carabineros.
“Estaban diciendo que había sido a lo mejor un fuego artificial, a todo el mundo le estaban diciendo eso. Nadie lo cree ¿saben por qué? Porque ella tenía así una herida aquí (mostrando el cuello) le tomó el pulmón y acá abajo. Le tomó todo su lado izquierdo”, según consignó Radio Villa Francia.
Añadió la afligida madre: (Ella) vivía entre ir a estudiar, ir a la cárcel y trabajar. “¿Quién me devuelve a mi hija? … que la vi inerte ahí arriba y yo la remecía y la besaba y le decía: hija vuelve, regresa conmigo”.
Las obstrucciones del fiscal
En principio el caso se presentaba de fácil resolución, si se tiene en cuenta que la controversia sobre la causa de muerte es simple: o se origina en fuegos artificiales o en disparo a corta distancia. Más que cualquier otra prueba, la autopsia sería la clave para discernir, puesto que las heridas que deja un disparo son muy distintas a las que pueda provocar un fuego artificial.
Por lo mismo, considerando además las dudas que hoy por hoy se ciernen sobre los procedimientos del SML, los abogados de la familia de Denisse solicitaron al fiscal Ledezma -jueves 14 de octubre a las 10:34, vía mail– que se autorizase al Dr Ravanal a realizar una segunda autopsia al cuerpo de Denisse.
La respuesta de Ledezma llego una hora después.
Estimado Señor Abogado, acuso recibo de la solicitud. Previo a resolverla y, considerando que la autopsia fue realizada bajo el protocolo de Minessota, grabada en video por personal de la Policía de Investigaciones de Chile y que se contó con un veedor del INDH, éstas últimas dos actuaciones a expresa petición de uds. como representantes de la víctima, solicito se pueda detallar, tanto para efectos de la decisión que deba tomar la Fiscalía como para eventuales coordinaciones con el SML en caso que se autorice, lo siguiente:
- Objeto, fines y necesidad de la solicitud.
- Detalle pormenorizado y circunstanciado de todas las actuaciones y procedimientos que realizaría el perito señor Luis Ravanal, en caso de ser autorizada la diligencia. Es importante señalarle que, en caso ser autorizado, sólo se podrán realizar las actuaciones y procedimientos expresamente autorizados por el Ministerio Público, previa indicación detallada por parte de uds.
- En el evento que el señor perito Ravanal deba asistir con otras personas de apoyo para la realización de la diligencia, se solicita indicar la individualización completa y el rol o participación que tendría cada uno de ellos, indicando sus competencias, profesión u oficio. Es importante indicar que, en el caso de ser autorizada la diligencia, solo se permitirá el acceso a las personas que se indiquen y se autoricen, que guarden directa relación con la ejecución de las actuaciones y procedimientos a realizar.
- Para efectos de coordinación con el SML, solicito se pueda indicar tiempo estimado de la diligencia, dado que, en caso de ser autorizada, se deberá realizar en las dependencias idóneas del servicio y en presencia de funcionarios del mismo.
A las 16:09 horas de ese mismo día, el abogado Medina responde:
Muy estimado Fiscal:
Respecto a las consultas formuladas por Ud y luego de haber consultado con el perito doctor Ravanal, puedo señalar lo siguiente:
- El objeto de la pericia es realizar una segunda autopsia con el fin de ampliar el estudio en colaboración con la investigación, que permita a su vez contrastarlos con los resultados de los análisis efectuados. Evidentemente la autopsia es una investigación médica que incluye además el examen el registro de imágenes fotográficas y videos, la recogida de muestras de tejidos y fluidos para realizar pruebas adicionales, tanto para estudios histopatológicos, toxicológicos y bio-químicos, que en este caso se realizaran en forma paralela en laboratorios acreditados distintos al SML o policiales.
- Respecto al detalle pormenorizado de todas las actuaciones que implica la práctica de una autopsia, sería redundar en la explicación de las técnicas ajustadas a la lex artis que implica la praxis médica en relación a los procedimientos y técnicas de disección autópsica como por ejemplo las señaladas en los distintos protocolos de trabajo, que incluyen el estudio de los antecedentes relativos a los hechos y circunstancias que rodean la muerte y clínicos de la víctima, aunado a los que comprende el examen macroscópico externo e interno del cadáver propios de este tipo de peritajes.
- El procedimiento será ejecutado exclusivamente por (Dr Ravanal), pudiendo requerir para su completa y correcta ejecución más de una jornada de estudio por el mismo motivo, dependiendo de la complejidad y condiciones en que se encuentren los restos. Las muestras recolectadas en principio quedarán bajo resguardo en el SML con su respectiva cadena de custodia, para posteriormente indicar el laboratorio y nombre de quien (es) ejecutaran los análisis, lo que dependerá obviamente de lo que se recolecte durante el procedimiento.
A las 1.15 A.M., del 15 de octubre, el fiscal Ledezma responde bajo el asunto: RE: Responde solicitud e informa RUC:
Estimado Abogado (…):
- En caso que el Patrocinio y poder sea presentado en el Tribunal y autorizado por éste, la diligencia podrá llevarse a cabo el día martes 19 de octubre de 2021, a las 09.00 horas, en dependencias del SML. Para esos efectos, ya se comenzaron a realizar las coordinaciones. Se hace presente que la fecha deberá ser respetada y la diligencia deberá realizarse en un solo día. Si no consta el Patrocinio y poder, la diligencia no será autorizada.
- La diligencia será supervisada en todo momento por personal y peritos del SML, quienes estarán facultados para interrumpir el procedimiento, en el evento que estimen transgredida la lex artis que implica la praxis médica en relación a los procedimientos y técnicas relativas al procedimiento de autopsia.
- En relación con lo señalado en el punto número 3 de su correo y, en particular, respecto de las eventuales muestras que se levanten por parte del perito privado, se hace presente que la extracción, custodia, mantención, conservación, traslado y análisis será de exclusiva responsabilidad del perito privado desde el mismo momento en que sean levantadas. Lo anterior, sin perjuicio de lo que, al respecto, puedan determinar y decidir los funcionarios y peritos del SML que presencien y supervisen la diligencia.
Atte.,
Este medio se contactó con el Dr Ravanal para conocer su parecer respecto de las exigencias del Ministerio Público.
Sobre del Punto 1 del recién citado mail, expresó que “se trata de una imposición arbitraria, sin base y justificación técnica”. A mayor abundamiento señaló: “en ningún caso se puede exigir un margen de tiempo arbitrario porque si fuera así, se corre el riesgo de dejar estudios incompletos por la premura del persecutor”.
A modo de ejemplo Ravanal consignó: “¿Cuantas semanas y/o meses han tomado otros estudios de autopsia de connotación pública como los de Salvador Allende o José Tohá, u otros delitos comunes conocidos por la prensa”.
En relación al Punto 2 del correo del fiscal Ledezma, el Doctor Ravanal -que es “Gobernador” de la Asociación Mundial de Medicina Legal (WAML, por su sigla en inglés)- manifestó:
Ese tipo de mensaje resulta ofensivo, predispone negativamente al personal del SML. Algunos incluso lo podrían calificar de vergonzoso, desconociendo el reconocimiento nacional e internacional de quién ofrece una colaboración que el Ministerio Publico recibirá sin costo”.
Sobre lo planteado en el Punto 3 del correo, el médico forense indicó: “Lo anterior incumple con las normas técnicas y jurídicas, ya que es función del SML colaborar con la investigación, lo que incluye conservar las muestras recolectadas durante los procedimientos, siendo imprescindible que estas se les asigne una cadena de custodia. Lo contrario, significaría la pérdida de valor probatorio a la evidencia que se levanta”.
El perito Ravanal cuestiona que el fiscal Ledezma subraye la calidad de «pericia privada” y “que autorice a funcionarios del SML a interrumpir la pericia y decidir respecto a las nuestras, confusión que no contribuye en nada a la investigación”.
Cabe consignar que el art. 199 del Código Procesal Penal señala que las autopsias se realizaran en el SML.
De hecho, no existe en Chile el concepto legal de «autopsia privada’, sólo el de ‘peritos de partes’, que tienen los mismos derechos que los públicos”, expresa el legista.
Ravanal es miembro fundador de la Sociedad de Medicina Legal y Criminalística de Chile; Master en Ciencias Forenses (Universidad de Valencia, España); y perito Legista de la Defensoría Penal Pública de Chile.
Ha sido parte como perito en diferentes casos de impacto nacional e internacional destacando entre ellos el de José Tohá, el que fue aclarado gracias a sus pericias que demostraron que no se había suicidado en el closet de su habitación en el Hospital Militar, como por muchos años pudo sostener la versión oficial.
Al inicio de la tarde del jueves 21 los querellantes enviaron “Solicitud de Diligencia N°2” escrito en el que traslucen su malestar por no habérseles enviado los informes claves del caso.
En la presentación se reitera -además- la solicitud de que se autorice -en condiciones que se precisan detalladamente- una segunda autopsia al cuerpo de Denisse Cortés, la que sería realizada por parte del Doctor Ravanal:
PRIMER OTROSÍ: Con el objeto de permitir el trabajo del perito señalado,
solicitamos expresamente se nos haga entrega, de modo previo a la realización de
dicha pericia, del informe de autopsia ya practicado a los restos de Denisse Cortés
así como conocimiento de los procedimientos médico quirúrgicos a los que fue
sometido el cuerpo, con el fin de tener claridad respecto a los cambios y artefactos
asociados con las intervenciones previas, lo que permite a su vez valorar si las
muestras recolectadas en calidad y cantidad han sido adecuadas y suficientes. Se
señala a este respecto que con fecha 18 de octubre de 2021 se reiteró solicitudes
anteriores de copia de carpeta investigativa.
Mientras se tramita la realización de los exámenes solicitados y se les priva de conocer los informes que por derecho y humanidad les pertenecen, la familia espera para dar la última despedida a su ser amado.
Desde esta redacción le escribimos un correo al fiscal Ledezma solicitándole entrevista, quien respondió que por instrucciones de las autoridades, los requerimientos de medios de comunicación social deben ser canalizados a través de los asesores de prensa de la Fiscalía Regional, y nos suministró los datos para realizar el trámite, el cual haremos a la brevedad posible para seguir informando de este caso que remeció a Chile.