El exfiscal Carlos Gajardo arremetió este miércoles contra el presidente de la Fundación Para el Progreso, Axel Kaiser, por sus dichos en contra del levantamiento del secreto bancario.
En una columna de opinión publicada en El Mercurio, Kaiser argumentó que «la justificación para acabar con el secreto bancario, consistente en asumir que “el que nada hace nada teme”, no solo ha sido utilizada por todos los tiranos de la historia para ejercer un control total sobre la población, sino que es simplemente estúpida esgrimida en una democracia liberal».
«Nuestros políticos parecen haber olvidado que en una sociedad libre es el poder estatal el que tiene la obligación de ser transparente con los ciudadanos y que es en los totalitarismos donde la lógica aplicada es la inversa. Por algo los comunistas apoyan tan entusiastamente el fin del secreto bancario, algo a lo que todos deberíamos temer», agrega el abogado.
La respuesta de Gajardo
Durante la mañana de este miércoles, el exfiscal Carlos Gajardo le recordó a Axel Kaiser que la propuesta de flexibilizar el levantamiento del secreto bancario ha sido apoyada tanto por el Poder Judicial como por organismos internacionales:
«Axel Kaiser dice que son “los comunistas” los que apoyan entusiastamente el fin del secreto bancario. Los comunistas: 1. La CEP, 2. La Corte Suprema, 3. La OECD. Consíguete un argumento honesto», escribió Gajardo en su cuenta de Twitter.
El exjefe de la Fiscalía de Alta Complejidad Oriente también adjuntó evidencia que muestra el respaldo de estos organismos al levantamiento del secreto bancario.
Por ejemplo, se cita un documento del Foro Global de la OCDE que señala que el proceso de solicitud de información a los bancos que tiene nuestro país no cumple con los estándares de la organización y «puede resultar en dilaciones significativas que afectan el proceso de fiscalización y/o investigación de la autoridad tributaria».
En tanto, el Centro de Estudios Públicos recomienda «avanzar en que la autoridad administrativa acceda a información bancaria sin necesidad de una autorización judicial previa, siempre asegurando que se cautele el derecho del contribuyente a oponerse vía tribunales».