Con el fin de evitar que embarcaciones que prestan servicios a la industria pesquera dispersen marea roja hacia zonas de las regiones de Los Lagos y Aysén donde hombres y mujeres de mar realizan sus actividades económicas tradicionales, la Federación de Pescadores Artesanales del Archipiélago de Las Guaitecas interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
“El objetivo es impugnar la Resolución Exenta 475 del 8 de febrero de este año, mediante la cual el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) dispuso medidas para enfrentar la emergencia de marea roja en Aysén, estableciendo un polígono del mar en el cual los wellboats (naves que transportan peces contaminados con el alga Alexandrium Catenella, responsable de la marea roja) viertan agua contaminada al mar y recojan como lastre un volumen similar. La idea, que los buques no dispersen el fenómeno en su destino final Quellón”, señala el periodista Patricio Segura Ortiz.
Es el Informe “Conservando el Mar de Chiloé, Palena y Las Guaitecas” el que determina que esta corresponde a una zona de “características únicas”, tanto por los atributos propios de dicho maritorio y sus sistemas de corrientes, como por la abundancia de biodiversidad marina existente en el sector, entre otros. El documento consigna que el área “está influenciada por una gran corriente superficial denominada Corriente de Deriva del Oeste. Esta corriente es la mayor de todas las corrientes oceánicas y la única que da la vuelta al mundo completamente”.
La zona es particularmente productiva por “la relación entre ríos y fases mareales específicas”, lo cual es “de gran importancia para la fauna local, especialmente como áreas de alimentación para depredadores, como los mamíferos marinos”: las ballenas azul y jorobada.
“Este informe se sustenta en diversas investigaciones científicas realizadas en décadas de monitoreo y fue elaborado en 2010 por el Centro Ballena Azul de la Universidad Austral de Chile con financiamiento del Gobierno Regional de Los Lagos. Ante esto, e invocando la garantía a vivir en un medioambiente libre de contaminación e igual protección en el ejercicio de derechos, solicitan que se decrete una orden de no innovar (paralización del efecto administrativo de la resolución) mientras se revisa el fondo del recurso, que busca revertir la medida de Sernapesca. El organismo tiene plazo hasta el 24 de marzo para entregar los antecedentes de fondo que sustentarían su decisión”, agrega Patricio Segura.
@patsegura