Frente a ola de críticas, SII desestima «perdonazo» a hija de Pinochet y asegura que condonación se apega a normativa

A través de un comunicado oficial emitido por el organismo en respuesta a los cuestionamientos, aseguró que el “perdonazo” a favor de la hija de Pinochet que se había anunciado respondía a una estricta aplicación de la Ley de Modernización Tributaria

Frente a ola de críticas, SII desestima «perdonazo» a hija de Pinochet y asegura que condonación se apega a normativa

Autor: Anais Lucena

Como resultado de la indignación ciudadana y las fuertes críticas recibidas luego de darse a conocer la condonación total de las multas e intereses de María Verónica Pinochet, hija de Augusto Pinochet, el Servicio de Impuestos Internos (SII) se pronunció sobre el tema y señaló que la medida se apega a la Ley.

A través de un comunicado oficial emitido por el organismo en respuesta a los cuestionamientos, aseguró que el “perdonazo” a favor de la hija de Pinochet que se había anunciado responde a una estricta aplicación de la Ley de Modernización Tributaria.

De acuerdo al SII, se ajustaron al artículo 33° transitorio de la Ley N° 21.210, que faculta a los contribuyentes que cumplan los requisitos establecidos, poner término anticipado a una reclamación por liquidaciones o giros de impuestos sobre la base de que, reconociendo la deuda tributaria debidamente reajustada, se le conceda la condonación total de intereses y multas.

En este sentido, la institución reitera que “la condonación de las multas e intereses en el caso de María Verónica Pinochet Hiriart, fue aplicada en estricto apego a la normativa vigente” y desestima que se trate de un “perdonazo”, pues “la norma aprobada por el legislador no establece ningún tipo de excepción, por lo que al Servicio de Impuestos Internos solo le cabe aplicarla previa verificación de los requisitos establecidos”.

Asimismo, explica que en el caso de Pinochet, en cumplimiento de la normativa vigente y de los requisitos establecidos por ley, el 5 de febrero de 2021 la entidad emitió la Resolución Exenta N°03-2021, con la condonación total de intereses y multas de las liquidaciones correspondientes.

Posteriormente, el día 23 de abril del año pasado, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la resolución y declaró el término del trámite judicial. Mientras que el 11 de mayo el organismo emitió la Resolución Exenta confirmando la condonación de intereses y multas, permitiendo el giro de los impuestos adeudados y oportunamente reajustados, reseña BíoBío.

“Respecto de este caso específico, la contribuyente solicitó acogerse a este beneficio dentro del plazo legal. En su solicitud, y de acuerdo a lo establecido en la norma, reconoció voluntariamente la deuda y sus reajustes legales y aceptó los actos reclamados, renunciando a solicitar cualquier revisión posterior, y garantizó el pago de los impuestos disputados, debidamente reajustados”, sentencia.

Finalmente, la entidad calificó de “interpretaciones erróneas” las informaciones difundidas este martes, que por su propia naturaleza “son absolutamente ajenas a los objetivos técnicos de esta institución fiscalizadora”.


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