El pasado lunes, fue publicado en el Diario Oficial el nuevo protocolo de Carabineros sobre uso de la fuerza, actualizado luego del acuerdo suscrito entre el Estado chileno y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) por el asesinato, a manos de la policía uniformada, del joven mapuche Álex Lemun en el año 2002.
El documento que comprometía al Estado de Chile indicaba además que el proceso de actualización del protocolo debía contemplar la participación de la sociedad civil y del del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). Sin embargo, desde ese organismo descartaron tener mayor incidencia en la redacción final de la circular emitida por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
“Nosotros no hemos tenido participación en la elaboración de esos protocolos. Vamos a hacer las acciones que corresponde para hacer ese señalamiento, tanto al Ministerio del Interior como a Carabineros y la CIDH”, afirmó la directora del organismo, Consuelo Contreras, según consigna radio Bío Bío.
De acuerdo a una publicación de El Dínamo, representantes del organismo de derechos humanos habrían sido citados solo a dos reuniones informativas en las oficinas de Fuerzas Especiales de Carabineros y de la cartera encabezada por Andrés Chadwick. Los encuentros habrían tenido lugar pocos días antes de que los protocolos salieran a la luz.
En este sentido, desde el INDH manifestaron sus dudas respecto al contenido de la circular Nº 1.832. “La mayoría de los protocolos adolecen de falta de detalle dejando un amplio margen de interpretación por parte de quienes harán uso de dichos protocolos. Eso es un problema porque puede significar una aplicación arbitraria o con violaciones a los derechos humanos de parte del personal de Carabineros”, dijeron desde la entidad, según el reporte de el portal de noticias.
Otro ejemplo apuntado por el INDH concierne a la definición de “manifestación lícita”, expresada en el protocolo como “aquella que se desarrolla en espacios públicos con tranquilidad, seguridad y respeto por los mandatos de la autoridad policial, sea que cuente con autorización previa o que se trate de una actividad espontánea no autorizada. Las manifestaciones lícitas podrán devenir en ilícitas”.
Al respecto, el INDH observó que “no se precisa cuándo es tranquila y hasta en la aplicación práctica podría algún carabinero/a considerar que una manifestación que personas gritan con carteles no es ‘tranquila’”.