INDH oficia a Armada y Superintendencia de MA por acuerdo extrajudicial en causa Quintero-Puchuncaví

Como respuesta a un vertimiento de carbón ocurrido el 23 de octubre de 2017 en el sector de Playa Ventanas, comunidades de pescadores artesanales de las localidades de Ventanas, Quintero y Horcón, realizaron una acción por la Ley de Navegación en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, con el objetivo de reparar los daños provocados […]

INDH oficia a Armada y Superintendencia de MA por acuerdo extrajudicial en causa Quintero-Puchuncaví

Autor: Absalón Opazo

Como respuesta a un vertimiento de carbón ocurrido el 23 de octubre de 2017 en el sector de Playa Ventanas, comunidades de pescadores artesanales de las localidades de Ventanas, Quintero y Horcón, realizaron una acción por la Ley de Navegación en la Corte de Apelaciones de Valparaíso, con el objetivo de reparar los daños provocados al medio ambiente y a las personas.

A través de informaciones proporcionadas por la sociedad civil, el INDH tomó conocimiento que la empresa Aes Gener -dueña de cuatro termoeléctricas en la zona de sacrificio de Quintero y Puchuncaví- llegó a un acuerdo con los miembros de distintos sindicatos de pescadores artesanales del lugar, para que desistieran de continuar con una demanda civil que buscaba la reparación por la contaminación de las aguas producto de los frecuentes varamientos de carbón. Fue así como la empresa mediante un acuerdo extrajudicial puso término anticipado al procedimiento judicial.

El jefe jurídico del INDH, Rodrigo Bustos, señaló que “preocupa especialmente al INDH este acuerdo extrajudicial, ya que tal como ha señalado la Contraloría General de la República, la obligación de reparar el medio ambiente, no es susceptible de transacción, ni acuerdo que exima al autor de implementar medidas de reparación del daño ambiental”.

Por este motivo Rodrigo Bustos, agregó que “oficiaremos a las organismos con competencia ambiental, es decir a la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante de la Armada de Chile y a la Superintendencia del Medio Ambiente, ya que el varamiento podría vulnerar el derecho de los habitantes de la comuna de Quintero y Puchuncaví a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, garantizado por la normativa nacional e internacional”.

La preocupación del INDH por este acuerdo extrajudicial se basa en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos de Naciones Unidas, que establecen la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos fundamentales.

Estos principios contemplan que las compañías eviten que sus operaciones provoquen o contribuyan a generar consecuencias negativas sobre los derechos humanos; que prevengan o mitiguen los efectos negativos que se produzcan directamente por sus acciones, e incluso aquellas por causas indirectas, como sus relaciones comerciales con otras empresas, aun cuando no hayan contribuido a generarlos.

Fuente: INDH


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