Ingresan recurso de protección por discriminación, odio y racismo en desalojo de Municipalidad de Victoria

El recurso destaca que tras los hechos, y a pesar de que más de 50 personas acudieron al lugar con palos y permanecieron allí transgrediendo el toque de queda, Carabineros sólo detuvo a personas de origen mapuche.

Ingresan recurso de protección por discriminación, odio y racismo en desalojo de Municipalidad de Victoria

Autor: Leonardo Buitrago

Un recurso de protección por actos de discriminación, odio y racismo, fue ingresado a la justicia en contra de Carabineros y varios civiles, entre ellos la dirigente de los agricultores de Victoria, Gloria Naveillán, derivado de los hechos violentos registrados el 1 de agosto pasado durante el desalojo de la Municipalidad de dicha comuna.

La noche del sábado 1 de agosto, cientos de civiles atacaron a los mapuche que mantenían una toma pacífica del edificio municipal de Curacautín, respaldando la huelga de hambre que por esos días llevaban adelante 27 comuneros.

Tras estos hechos, se presentaron al menos dos acciones judiciales por torturas, de parte de civiles hacia quienes realizaron la toma, con la aprobación y complicidad de Carabineros.

Los grupos organizados de de ultraderecha atacaron con palos a los mapuche que mantenían una toma pacífica de varias municipalidades de la Araucanía. Imagen: La Cuarta

En ese contexto, el lonco, Alberto Curamil y la abogada Manuela Arroyo, presentaron el martes un recurso de protección en representación de 10 de los mapuche que participaron de la toma.

La acción legal está dirigida en contra de Carabineros de Chile de la provincia de Malleco, la directora de la Cámara de Comercio de Curacautín, Karina del Pilar Ramírez Rifo y  Gloria Naveillan, vocera de la Asociación para la Paz y la Reconciliación de la Araucanía (APRA); un grupo de ultraderecha integrado por latifundistas, agricultores y empresarios forestales de la región.

Adicionalmente, el recurso apunta a cuatro funcionarios municipales: Juan Beltrán Campos, Marcia Kunz Medina, Daniel Ivan Olate Arriagada y Rut Verónica Cheuquepán Salazar.

La acción relata que en el contexto de la toma de la municipalidad «aproximadamente desde las 20:00 horas, comienzan a arribar a las dependencias de la Municipalidad una gran cantidad de personas, convocados por las recurridas Karina Ramírez y Gloria Naveillan, representantes de la Cámara de Comercio de Curacautín y de la Agrupación Gremial APRA, quienes incitaron a la realización de actos de odio y racismo a través de las redes sociales«.

«Estamos introduciendo el recurso protección contra Carabineros y varios civiles por su responsabilidad en torno a la violación de derechos fundamentales de los pueblos indígenas y y por una actuación de criminatoria que vulnera el derecho a la igualdad consagrado en nuestra Constitución», explicó la abogada Manuela Arroyo a Bio Bio Chile.

La abogada indicó que se que adjuntaron audios en los que se demuestra que Gloria Naveillan, convoca a atacar a sus representados.

«En segundo término también presentamos este recurso de protección en contra de la vocera de APRA, Gloria Naveillan, quien ese día en las redes sociales incitó al odio, la violencia y la discriminación junto a quienes se autdenunciaron en la propia Fiscalía», dijo.

“Ya señores, ¿cuántos levantan la mano para ir, de aquí a las doce?», se puede escuchar a Naveillan en el audio

«Y nos juntamos en la plaza. Necesito saber con cuántos contamos. No vamos a ir diez hueones, porque nos van a sacar la cresta. Tenemos que ser por lo menos 30 o 40 personas. Con palos, porque aquí nos van a pegar. Hay que ir con palos o con lo que necesiten para defenderse. Pero la muni la tenemos que recuperar hoy”, dijo.

En el caso de Karina del Pilar Ramírez Rifoz, la acusación se respalda en una denuncia efectuada por la vocera de la Cámara de Comercio de Curacautín.

La mujer «se autodenunció ante el Ministerio público como una de las responsables del actuar discriminatorio y racista efectuado ese día por la población civil y avalado por Carabineros de Chile», explica el texto.

«Tras el llamado de las recurridas para desalojar a los comuneros que se encontraban al interior de la municipalidad, al menos 50 personas se aglomeraron a las afueras de la municipalidad, premunidos con palos y botellas realizando gritos y amenazas que connotan racismo, discriminación y odio tales como “hay que sacar a esos indios de mierda, váyanse de acá, maracas culias, váyanse de nuestra municipalidad”, “el que no salta es mapuche”, además de amenazar con muerte a los mapuche que estuvieran dentro o fuera del lugar, quemando banderas y elementos representativos Mapuche, quemando vehículos pertenecientes a los comuneros mapuche y agrediendo físicamente», relata además el recurso, citado por El Desconcierto.

Respecto del accionar de la entidad uniformada, el recurso plantea que «los funcionarios de Carabineros de Chile que se encontraban en el lugar, en vez de cumplir con su deber legal de controlar el orden público, realizaron una acción protectora hacia el grupo de personas anti mapuche y discriminatoria respecto del otro grupo de personas mapuche, realizando un trato desigual y por lo tanto discriminatorio».

Esto, se justifica en que «por los actos de esa noche, sólo fueron detenidas y formalizadas por infracción del artículo 318 del Código Penal, artículo 264 del Código Penal y por la falta de riña en la vía pública, personas de origen mapuche«.

El recurso solicita a la justicia que se declare que todos los civiles e instituciones detalladas vulneraron el derecho a la igualdad, efectuando actos racistas y discriminatorios contra el pueblo mapuche.

Cabe destacar que el martes, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó el recurso de amparo deducido en contra del Ministerio del Interior y el jefe de la Defensa Nacional de la Región de La Araucanía, por el desalojo de las municipalidades de Curacautín y Victoria.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos– ratificó la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que rechazó la acción cautelar.

Con información de El Desconcierto y Bio Bio Chile.

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