En procedimiento abreviado, el Juzgado de Garantía de Iquique condenó al ex camarógrafo de la Intendencia Regional de Tarapacá, Daniel Mauricio Luna Hidalgo, a la pena de 3 años y un día de presidio, pero con el beneficio de la «libertad vigilada intensiva» por el mismo lapso, en calidad de autor del delito reiterado de «captar, grabar y fotografiar imágenes de carácter privado, realizadas en lugares que no sean de libre acceso público», ilícitos perpetrados entre 2008 y 2019, en dicha ciudad.
En la sentencia (causa rol 2.898-2019), el magistrado Frederick Roco Alvarado aplicó, además, a Luna Hidalgo las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena; más el pago de una multa de 25 UTM.
Asimismo, el tribunal decretó la prohibición del condenado de acercarse a las víctimas por el término de 3 años y un día, y la obligación de cumplir con programas formativos para el control de impulsos. Además, se ordenó el decomiso de las especies incautadas.
«La pena de reclusión se sustituye por la de libertad vigilada intensiva con una duración similar y se obliga al sentenciado a someterse a un tratamiento conforme un plan de reinserción que deberá aprobarse en audiencia próxima, tendiente a la reinserción del imputado y el control de su conducta en los ámbitos personal, comunitario y laboral», consigna la resolución.
Los hechos
El tribunal dio por acreditado, «más allá de toda duda razonable, que entre los años 2008 y el 10 de mayo de 2019, sin que se puedan precisar fechas exactas, Daniel Mauricio Luna Hidalgo, quien se desempeñaba como camarógrafo de la Intendencia Regional de Tarapacá, grabó en diversas oportunidades las partes íntimas de víctimas femeninas y una masculina, en los momentos en que estas se encontraban al interior de dependencias utilizadas como baños».
Para ello, agrega la resolución judicial, «instaló cámaras de forma oculta con el objetivo de grabarlas, exhibiendo sus partes íntimas sin su consentimiento y sin que se percataran que eran grabadas, manteniendo almacenadas las imágenes en cuatro discos duros».
En estos últimos se encontraron 67 videos, donde se logró visualizar a distintas víctimas femeninas y una masculina, de las cuales se logró identificar a seis, añade el fallo.