La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección presentado por comunidades y organizaciones del Pueblo Quechua en contra de los responsables de la intervención del Cerro El Plomo, y que involucra el financiamiento de una transnacional minera en un espacio definido de importancia cultural, patrimonial, religioso y ancestral andino, ubicado en la zona central.
La intervención que ha afectado al Cerro El Plomo, incluyendo al milenario camino del Inca, se relaciona con la responsabilidad de distintas entidades privadas, con la permisividad de instituciones públicas, en la realización de obras en el marco de un proyecto denominado “Sistema de Rutas Patrimoniales”, pensado para el fomento del turismo y “conservación”. Sin embargo, se ha denunciado una grave intervención al patrimonio ancestral y también la destrucción de yaretas, vegetación milenaria de gran importancia para el ecosistema del lugar.
Por ello, la Corte, el pasado 4 de mayo, pidió un informe a las recurridas: Fundación de Beneficencia Pública Santuario el Plomo; don Alfonso Rodolfo Campos Sotta; Fundación para el Patrimonio +1000; Valle Nevado S.A.; Anglo American Sur S.A.; Wildlife Conservation Society Sucursal en Chile (WCS Chile); y el Consejo de Monumentos Nacionales.
El recurso fue presentado por: Wilfredo Bacián Delgado, presidente Comunidad Indígena Quechua de Quipisca; Thelma Yobana Ramos Mamani, presidenta de la Comunidad Indígena quechua de Ollagüe; Ariel Carlos León Bacian, Quechua – Aymara domiciliado en Santiago y redactor del recurso, interpuesto a favor de la Comunidad Indígena Quechua de Quipisca; Comunidad Indígena Quechua de Huatacondo; Comunidad Indígena Quechua de Mamiña; Comunidad Indígena Quechua de Iquiuca; Asociación Indígena Quechua de la Comuna de Pica (Matilla-Pica-Quisma); Comunidad Indígena de Macaya de la Región de Tarapacá, así como por la Asociación Indígena de Progreso Desarrollo y Cultura del Pueblo de Kosca; Comunidad Quechua del pueblo de Kosca; Comunidad Indígena Quechua de Ollagüe; y Comunidad Quechua del pueblo de Cebollar Ascotán, de la Región de Antofagasta.
Todas estas comunidades y organizaciones avalan la demanda, ante la vulneración de sus derechos a la igualdad y libertad religiosa, considerando la importancia ancestral del lugar intervenido: “Todos estos lugares, además, están ligados a nuestra historia, nuestros valores, y constituyen señas de ocupación territorial ancestral de tales territorios“, afirmaron las comunidades.
Asimismo, reiteraron que el proyecto “ha vulnerado de forma absoluta y directa nuestros derechos indígenas al intervenir directamente una zona de gran importancia y relevancia, tanto arqueológica como religiosa -entre otros aspectos- para todos aquellos indígenas y sus comunidades, pasando por alto también normas, tanto de carácter nacional como internacional, que respaldan lo antes mencionado y que obligan al Estado chileno a reinstaurar y proteger los derechos y las garantías que han sido vulnerados”.
También recordaron que hubo incumplimiento respecto a la obligación de consulta indígena, existiendo una directa responsabilidad en ello de instituciones públicas como el Consejo de Monumentos Nacionales, cuyo rol es “la protección y tuición del patrimonio cultural y natural de carácter monumental”.