El ministro en visita extraordinaria para causas de Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, dictó un auto de procesamiento contra diez ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) por el homicidio calificado de Carmen Gloria Larenas Molina (en la foto), registrado en Viña del Mar el 12 de julio de 1983 durante la tercera jornada de protesta nacional contra la Dictadura.
El ministro Arancibia Pinto sometió a proceso y ordenó la inmediata detención del ex oficial de la armada Sergio Remigio Echeverría Villarroel, que en la época de los hechos ejercía como jefe de la brigada regional de la CNI.
También fue procesado el ex oficial de ejército Carlos Alberto Herrera Jiménez, a la fecha segundo jefe de la mencionada brigada regional, actualmente recluso en Punta Peuco condenado por otros crímenes de lesa humanidad, y los ex agentes Galvarino Arce Díaz, Ramiro Enrique Rodríguez Santana, Germán Humberto Miranda Jamett, Juan Eugenio Escalona Estay, Hugo Luis Castillo Ovalle y Leoncio Enrique Velásquez Guala como autores del delito de homicidio; y Héctor Santiago Figueroa González y Roberto Armando Toledo Herrera como cómplices del delito ya referido.
Sobre el caso, los antecedentes recabados demostraron que el 12 de julio de 1983, en horas de la noche y mientras se desarrollaba la tercera jornada de protesta nacional en las calles Avenida Viña del Mar, calle Del Agua y Camino Real del cerro Recreo, en Viña del Mar, apareció un vehículo furgón utilitario marca Suzuki de color, con individuos de civil, quienes se bajaron del en avenida Viña del Mar y comenzaron a disparar ráfagas de metralletas a los manifestantes.
En ese momento, un segundo vehículo se ubicó en la intersección de calle del Agua con Avenida Viña del Mar, de tal manera que los manifestantes quedaron imposibilitados de refugiarse o de evitar ser alcanzados por la balas del primer vehículo.
«Todo lo cual confirma una actuación sobre segura de los agentes, quienes además estaban provistos de armas de fuego, las que utilizaron, impactando una de estas balas en el pecho de la víctima Carmen Gloria Larenas Molina, causándole la muerte, configurándose de este modo el delito de Homicidio Calificado», concluye el dictamen judicial.