El Juzgado de Garantía de Temuco rechazó el pasado miércoles la solicitud de la defensa del machi Celestino Córdova, primer condenado por el caso Luchsinger-Mackay, para que se autorice su salida del Centro de Cumplimiento Penitenciario, donde cumple condena, para encabezar ceremonia de cambio de rewe en la comunidad Chicahual-Córdova, en la comuna de Padre Las Casas.
En la resolución, la magistrada Alejandra García Bocaz no dio lugar a la solicitud planteada, al considerar que el solicitante no está en un estado apropiado para salir del penal, debido a que mantiene un ayuno voluntario por más de cien días, que afecta su salud, vida e integridad física y síquica.
«El Tribunal tiene que pronunciarse directamente acerca de la petición de la defensa y considerando que se deben respetar y reconocer toda convención y tratados de derechos humanos aprobados por Chile, que se encuentran vigentes respecto de un sujeto que tiene acceso de manera intercultural, pero para que ello sea posible o se fundamente la petición, el Tribunal considera también los Derechos Humanos consagrados en el artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de Chile, la salud, vida e integridad física de una persona», sostiene el fallo.
«En tal sentido y bajo esta óptica, el solicitante debe encontrarse en condiciones de salud viables, primero para un eventual debate de salida y asistencia a ceremonia, que el Tribunal considera que es importante para su desarrollo intercultural y de todo su clan o personas que lo siguen, lo que el Tribunal no observa en esta audiencia, sobre todo si el condenado ha estado sujeto a 101 días de huelga voluntaria e ingresa incluso al Tribunal en silla de ruedas, lo que ilustra entonces sobre su deterioro de salud, que se condicen con el informe de Gendarmería de Chile acerca del ayuno voluntario al cual se sujetó y sus consecuencias; entonces por máximas de experiencia el Tribunal puede colegir que no se encuentra en condiciones para acceder incluso a la solicitud y sin perjuicio que dicha solicitud se haga en lo futuro, y sin perjuicio de los recursos legales, por ahora no se da ha lugar”, agrega la resolución.