El 8 de julio de 2020 se publicó la Ley 21.238, reforma constitucional destinada a limitar la reelección de las autoridades definidas por elección popular. La norma afecta, particularmente, a diputados, senadores, alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales.
En concreto, se indica que los diputados podrán ser reelegidos sucesivamente en el cargo hasta por dos períodos. Eso significa que, al ser elegidos una vez, duran cuatro años en el cargo. Luego, pueden ser reelectos en otras dos ocasiones. Si se presenta este último caso, cada diputado puede estar en el cargo por un máximo de 12 años.
Para estos efectos, se entenderá que los diputados y senadores han ejercido su cargo durante un período cuando han cumplido más de la mitad de su mandato. De igual modo, la norma no resta a que estos parlamentarios postulen a otros cargos de representación popular en esta o en futuras elecciones.
Aplicación de la ley
Ya en aplicación de este marco normativo, 33 diputados no pudieron ir a la reelección para un nuevo periodo en la Cámara. El listado es el siguiente:
Por la UDI:
- Pedro Pablo Alvarez-Salamanca
- Ramón Barros
- Javier Hernández
- María José Hoffmann
- Javier Macaya
- Celso Morales
- Iván Norambuena
- Enrique Van Rysselberghe
Por la DC:
- José Miguel Ortiz
- Jorge Sabag
- Gabriel Silber
- Víctor Torres
- Mario Venegas
- Matías Walker
En tanto, los independientes impedidos de postularse son:
- Pepe Auth
- Carlos Abel Jarpa
- Pablo Lorenzini
- Fernando Meza
- René Saffirio
En el PS:
- Juan Luis Castro
- Fidel Espinoza
- Manuel Monsalve
- Marcelo Schilling
En RN:
- René Manuel García
- Leopoldo Pérez
- Alejandro Santana
En el PPD:
- Cristina Girardi
- Rodrigo González
- Tucapel Jiménez
Finalmente, en otros partidos:
- José Pérez (PR)
- Alejandra Sepúlveda (FRVS)
- Guillermo Teillier (PC)
- Ignacio Urrutia (PREP)