«La pena se encuentra prescrita»: Fiscal de la Corte Suprema recomienda no extraditar a Pablo Muñoz

La Sala Penal de la Corte Suprema se reunirá este miércoles 15 de enero para analizar la solicitud de extradición de Pablo Muñoz Hoffman, exintegrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez que fue detenido el pasado 6 de enero en La Paz, Bolivia. Sin embargo, el informe elaborado por el fiscal judicial del máximo tribunal podría generar un vuelco en el caso, ya que asegura que los delitos que se le imputan a Muñoz ya se encuentran prescritos en nuestro país.

«La pena se encuentra prescrita»: Fiscal de la Corte Suprema recomienda no extraditar a Pablo Muñoz

Autor: Axel

El fiscal judicial de la Corte Suprema, Jorge Pizarro, recomendó no tramitar la extradición de Pablo Muñoz Hoffman, exintegrante del Frente Patriótico Manuel Rodríguez que fue detenido el pasado 6 de enero en La Paz, Bolivia, tras pasar 28 años prófugo.

Cabe recordar que el juez Edgardo Gutiérrez, del 34° Juzgado del Crimen de Santiago, solicitó formalmente la detención y extradición de Muñoz por quebrantamiento de condena y por el robo de un vehículo de transporte de valores en 1992.

La resolución debe ser revisada este miércoles 15 de enero por la Sala Penal de la Corte Suprema, instancia en la cual se escucharán los alegatos de la defensa y de las partes querellantes. Además, se revisará el informe elaborado por el fiscal judicial sobre la procedencia de la solicitud de extradición.

Sin embargo, El Mercurio detalló que el informe de Pizarro podría echar por tierra la extradición de Muñoz, ya que los delitos que se le imputan ya se encuentran prescritos en nuestro país.

Extradición de Muñoz no procede

El documento señala que, en el caso del quebrantamiento de condena, el tiempo para la prescripción comenzó a correr a partir del 31 de diciembre de 1996, el día en que Gendarmería notificó de la fuga de Muñoz y otros cuatro exfrentistas de la Cárcel de Alta Seguridad de Santiago, episodio conocido como Operación Vuelo de Justicia.

«Bajo ese razonamiento, a partir de la fecha del quebrantamiento que se señala en el expediente, 31 de diciembre de 1996, han transcurrido más de veintiocho años, por lo que la pena se encuentra prescrita de acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico», señala el informe.

En el caso del robo al camión de valores, la Corte de Apelaciones declaró la causa prescrita en 2022, por lo que el tribunal ordenó levantar las órdenes de detención pendientes.

En ese contexto, el fiscal recuerda que los acuerdos internacionales en materia de extradición establecen que el tiempo de condena que le reste cumplir al imputado debe ser superior a seis meses, «requisito que, de acuerdo a los antecedentes extractados que se remitieron a esta causa de extradición, bien podría no cumplirse».


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