La Corte de Apelaciones de San Miguel determinó aplicar la “media prescripción” y con ello rebajó las penas a las que fueron condenados en primera instancia 13 miembros en retiro del Ejército, por su responsabilidad en las ejecuciones perpetradas en la cuesta Chada y la quebrada Los Quillayes, en 1973.
Se trata de la causa denominada “Paine Principal”, en cuyo fallo la ministra Marianela Cifuentes estableció cuatro condenas a presidio perpetuo en contra de los oficiales en retiro del Ejército Jorge Eduardo Romero Campos, Osvaldo Andrés Alonso Magaña Bau, Carlos Walter Kyling Schmidt y Arturo Guillermo Fernández Rodríguez, todos en calidad de autores.
En el caso de otros nueve involucrados, la ministra Cifuentes condenó a penas de 10 y 20 años de presidio a otros nueve uniformados (carabineros y soldados) y al civil Juan Guillermo Quintanilla, también en calidad de autores, salvo el conscripto Jorge Reyes, quien fue absuelto por la jueza.
Sin embargo, y tras oír los alegatos de las partes en septiembre de este año, la Cuarta Sala del tribunal de alzada de San Miguel –integrada por los ministros Diego Simpértigue, Ana Cienfuegos y Dora Mondaca– recalificó los secuestros calificados como homicidios calificados y rebajó la sanción penal.
«Que con relación a la calificación jurídica cabe destacar que si bien en la acusación del Tribunal se señala que se habría cometido delitos de secuestro calificado, a la fecha de cometerse los hechos investigados en la presente causa no pudo configurarse dicha figura típica, contenida en el artículo 141 del Código Penal, ya que las víctimas, como se estableció en los considerandos décimo tercero y trigésimo primero, fueron detenidos y con posterioridad ejecutados por los victimarios», se lee en el fallo del tribunal del azada sanmiguelino.
Con base en ese argumento, los jueces determinaron que los condenados Jorge Romero Campos, Osvaldo Magaña Bau y Juan Quintanilla Jerez a 15 años de presidio, como autores de los delitos.
Mientras que en el caso de Carlos Kyling Schmidt y Arturo Fernández Rodríguez fueron sentenciados a 10 años de presidio; y José Vásquez Silva, Carlos Lazo Santibáñez, Juan Opazo Vera, Rodrigo Pinto Labordarie, Jorge Saavedra Mesa, Víctor Sandoval Muñoz, Carlos Durán Rodríguez y Raúl Areyte Valdenegro deberán purgar 5 años y un día de presidio.
En el caso del ex oficial de Carabineros Nelson Iván Bravo Espinoza fue sentenciado a 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, como autor de dos delitos de secuestro simple.
“Seguimos en impunidad”
La decisión de la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones fue recibida con desazón por parte de los familiares de los ejecutados, quienes luego de 47 años de búsqueda de justicia, esperaban la ratificación de las condenas impuestas por la ministra Marianela Cifuentes, a cargo de la investigación.
“Nosotros esperábamos la ratificación del fallo de la ministra Marianela Cifuentes, y que no haya sido así nos ha provocado una desazón y muchísima tristeza. Esto significa que aquí seguimos en impunidad, que el estado de impunidad está continuando, por lo que esperamos que en la Corte Suprema eso se rectifique”, dijo Flor Lazo, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados de Paine (AFDDyE).
Será precisamente la Corte Suprema la instancia donde los abogados defensores de las familias de los 38 ejecutados de Chada y Los Quillayes buscarán revertir la resolución y que el máximo tribunal del país ratifique lo obrado por la ministra Cifuentes.
“En general, es un fallo que ratifica las condenas, pero es un fallo que aplica la media prescripción y en este tipo de crímenes no es procedente aplicar la media prescripción. Y en eso, entendemos que la Corte Suprema debiera revertirlo, y podemos llevarlo a la condición en que lo había dejado planteado la ministra Cifuentes”, explicó el abogado Nelson Caucoto.
Nota de Prensa