Matrimonio igualitario: Comisión de Constitución eliminó concepto de género del contrato matrimonial

Se trata de una norma que reemplaza una disposición del Código Civil, que actualmente define el matrimonio como un contrato solemne "entre un hombre y una mujer". La enmienda pasa por eliminar el concepto de género para establecer que el acto es "entre dos personas".

Matrimonio igualitario: Comisión de Constitución eliminó concepto de género del contrato matrimonial

Autor: Absalón Opazo

Un nuevo paso en su trámite legislativo en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados, dio el proyecto de matrimonio igualitario. En su última sesión, el grupo parlamentario aprobó un artículo clave de esta propuesta que viabiliza legalmente el matrimonio de parejas del mismo sexo.

Se trata de una norma que reemplaza una disposición del Código Civil, que actualmente define el matrimonio como un contrato solemne «entre un hombre y una mujer». La enmienda pasa por eliminar el concepto de género para establecer que el acto es «entre dos personas».

En este marco, la instancia rechazó una indicación presentada por la diputada Karol Cariola (PC), para eliminar la expresión «procrear» del mismo artículo. La legisladora defendió la propuesta y remarcó que es un concepto que no respeta la autonomía reproductiva individual, por lo que pidió dejar que las instituciones evolucionen prescindiendo de temas que hoy no marcan necesariamente la orientación de una vida en pareja.

El Movilh, promotor de la enmienda, también apeló al cambio. Entre los argumentos se señaló que no se hace cargo del interés superior del hijo/a, y en tal plano, se estimó más oportuno considerar el término «crianza» como una finalidad no obligatoria.

En la jornada, el grupo también aprobó la norma que iguala derechos y obligaciones frente a la definición de adulterio. Así, se indica que «comete adulterio la persona casada que yace con otra que no sea su cónyuge».

Igualmente, se abordaron temas como el de la filiación. En este plano se ratificó una indicación presentada por los diputados Matías Walker (DC) y Marcos Ilabaca (PS). Luego fue suscrita también por otros legisladores de la Comisión. La disposición estipula que «la filiación quedará determinada en el caso de que dos personas se sometan a la aplicación de técnicas de producción humana asistida, respecto del hijo que nazca de ésta».


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