La ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó acusación contra 5 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Violeta del Carmen López Díaz, perpetrado a partir del 29 de agosto de 1974, en dicha comuna de la capital.
El nombre de Violeta López figura en la lista de 119 víctimas de la maniobra de desinformación montada por la Dictadura conocida como “Operación Colombo”.
En la resolución (causa rol 13-2013), la ministra Cifuentes acusó en calidad de autores del delito a los agentes César Manríquez Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko, Pedro Ariel Araneda Araneda, Alejandro Francisco Astudillo Adonis y Manuel Heriberto Avendaño González.
En la etapa de investigación de la causa, la ministra en visita logró recopilar antecedentes suficientes para dar por establecidos los siguientes hechos:
1° Que el 29 de agosto de 1974, alrededor de las 22:00 horas, Violeta del Carmen López Díaz, viuda, madre de 2 hijos adolescentes, ex secretaria de ‘Cecinas Loewer S.A.’ y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenida sin derecho, junto a Luis Alberto Lobos Jorquera, en el domicilio de calle Pedro Mira N°907 de la comuna de San Miguel, por agentes de seguridad, siendo, posteriormente, trasladada al centro de detención de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) denominado ‘Cuatro Álamos’, a cargo del oficial de Gendarmería Orlando Manzo Durán, actualmente fallecido, lugar en el que se le mantuvo ilegalmente encerrada, desconociéndose desde entonces su paradero.
2° Que, en esa época, la Dirección de Inteligencia Nacional estaba a cargo del coronel del Ejército Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, actualmente fallecido; las unidades operativas y centros de detención del mencionado organismo dependían de la Brigada de Inteligencia Nacional, comandada por el teniente coronel de Ejército César Manríquez Bravo y la represión de los militantes del MIR estaba a cargo de la agrupación ‘Halcón’ de la Brigada Operativa Caupolicán, dirigida por el capitán de Ejército Miguel Krassnoff Martchenko.
3° Que, asimismo, en ese período, se desempeñaron como guardias en el centro de detención ‘Cuatro Álamos’ los agentes de la DINA Pedro Ariel Araneda Araneda, Alejandro Francisco Astudillo Adonis y Manuel Heriberto Avendaño González.
4° Que el nombre de Violeta del Carmen López Díaz apareció en un listado de personas, publicado en la prensa nacional, luego de que figurara en una nómina publicada en la revista Lea de Argentina, en el mes de julio de 1975, en que se mencionaba que había muerto en Argentina, junto a otras personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas, noticia que tuvo su origen en maniobras de la DINA con el fin de ocultar el verdadero destino de la víctima.
Revisa el fallo completo AQUÍ
Sigue leyendo: