La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó en un fallo que el Ministerio de Salud (Minsal) deberá entregar los correos electrónicos que enviaron y recibieron el actual ministro de esa cartera, Enrique Paris; su antecesor, Jaime Mañalich; y la exsubsecretaria de Salud Pública, Paula Daza, entre el 1 de marzo y el 12 de septiembre de 2020, en el marco de la estrategia adoptada para abordar la pandemia de Covid-19.
Al respecto, Paris, dijo que entregarán los documentos a la brevedad y no apelarán la decisión.
“Nosotros vamos a entregar los correos electrónicos a la brevedad posible. Son miles los correos electrónicos que hay que seleccionar, como se hizo antes. Esto, además, debe contar con la colaboración de Entel ya que es la (empresa) que tiene la base de datos”, dijo este jueves al presentar e balance diario de la pandemia en el que se registró la cifra récord de 35 mil nuevos contagios en las últimas 24 horas.
Al ser consultado sobre si el Minsal presentará un recurso de queja ante la Corte Suprema, el ministro indicó que “no se pedirá ningún cambio” y reafirmó que “se entregaran los correos”, destacando que “esta petición fue hecha por un medio de comunicación, muy diferente al manejo de los correos anteriores que fue hecho a través de la justicia. Por lo tanto no tenemos ningún problema en entregar los correos electrónicos”.
a decisión fue tomada por la novena sala del tribunal de alzada -integrada por la ministra Dobra Lusic y la abogada Paola Herrera- luego de rechazar un recurso presentado por los abogados del departamento jurídico del Minsal para evitar la entrega de esta información tras una solicitud de transparencia realizada por Ciper Chile.
La petición realizada por el Centro de Investigación Periodística tiene como objetivo conocer las “comunicaciones entre las personas que intervinieron en decisiones relacionadas con la estrategia para enfrentar la pandemia”.
Asimismo, el medio solicitó los e-mails de Carlos Sans (exdirector del Departamento de Estadísticas e Información de Salud), Rafael Araos (exjefe del Departamento de Epidemiología) y Johanna Acevedo (jefa de la Dirección de Planificación Sanitaria).
Al respecto, el Consejo para la Transparencia (CPLT) manifestó en julio de 2021 que los mensajes no estaban ajenos “al escrutinio y control social que la ciudadanía pueda hacer de ellos”, al ser una especie de reemplazo de documentos formales en formato de papel, decisión que fue reclamada por el Minsal.
Sin embargo, el Ministerio de Salud intentó evitar la entrega de los correos reclamando la resolución del CPLT ante la Corte de Apelaciones.
El fallo del tribunal señala que “los correos electrónicos solicitados por el requirente contienen información sobre el diseño y coordinación de la estrategia nacional contra el Covid-19, cuya divulgación puede afectar la seguridad nacional”.
Agregó que “se evidencia que no es efectivo el reproche de ilegalidad que invoca el reclamante (Minsal), dado que fue el actor quien no evacuó los descargos de la forma que exige (…) esto es, en el plazo de diez días hábiles contados desde la notificación respectiva, pese a ser (…) por Oficio E 21283, de 19 de diciembre de 2020”.
Tras el dictamen de la Corte de Apelaciones de Santiago, la cartera de Salud tiene un plazo de cinco días hábiles para dar a conocer estas comunicaciones, aunque el Ministerio también puede presentar hasta el 11 de febrero un recurso de queja ante la Corte Suprema, trámite que fue descartado por el ministro Paris, por lo que la cartera cuenta con cinco días hábiles para entregar los correos solicitados.