Hasta marzo, se habían reportado 123 casos invocando la Ley de Aborto en tres causales, concretándose 111 de ellos. Del total de intervenciones en el sector público, 50 corresponden a la causal “riesgo de vida de la madre”, 35 a “inviabilidad fetal”, y 26 a “violación”. De los 12 casos de mujeres que invocaron la ley, pero decidieron continuar con su embarazo, 3 de ellas lo habían hecho bajo la causal de riesgo de vida, 8 porque el feto no tenía posibilidad de sobrevivir, y una por violación.
El presidente regional del Colegio Médico, Rubén Quezada, señala que “en estos seis meses, en el hospital de La Serena -centro de referencia regional de Alto Riego Obstétrico- ha habido aproximadamente siete casos en los que se ha realizado la interrupción del embarazo en estas causales”. Y agrega. “Es una cantidad que puede sonar despreciable en número, pero para esa mujer que ha sufrido una violación, que está en riesgo su vida, o gesta un embarazo que no logrará vivir más allá del parto, significa una tremenda diferencia”, dice.
El doctor Quezada explica que cuando se trata de una niña de menos de 14 años, “además de su propia voluntad, la interrupción del embarazo deberá contar con la autorización de uno de sus representantes legales, en caso de tener más de uno. Pero en el caso de esa autorización, la niña asistida por un equipo de médicos podrá solicitar la intervención de un juez para que se constate la causal invocada”.
Quezada señala que “como Colegio Médico nos preocupa que se respete tanto a los médicos objetores de conciencia, como a los que no lo son. Desde este punto de vista, discriminaciones al interior de los servicios clínicos o en la opinión pública no son aceptables y recurriremos ante todas las instancias para velar que esta ley pueda implementarse, para de esta manera poder resguardar los derechos de las mujeres y la integridad de los equipos clínicos”, dice.
Según el dirigente gremial, en el Hospital de La Serena de los cerca de 20 gineco-obstetras, siete de ellos se han declarado “objetores”, principalmente en la tercera causal.
“Es algo bien especial. Casi ‘a la chilena’, puesto que no existen otros lugares del mundo donde las instituciones puedan declararse entes objetores de conciencia. Nuestro Departamento de Ética es categórico en señalar que son los profesionales quienes realizan el procedimiento los llamados a objetar en circunstancias particulares, pero al parecer hay otros intereses que terminan torciendo el espíritu de la ley”, concluye.