Operación Colombo: Corte Suprema condenó a 32 exagentes de la DINA por desaparición de jardinero Jorge Olivares Graindorge en 1974

Sala Penal condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krasnoff Martchenko, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic Cubillos y José Enrique Fuentes Torres, a 10 años de presidio en calidad de autores del delito.

Operación Colombo: Corte Suprema condenó a 32 exagentes de la DINA por desaparición de jardinero Jorge Olivares Graindorge en 1974

Autor: Absalón Opazo

La Corte Suprema condenó a 32 exagentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito consumado de secuestro calificado (desaparición) del jardinero Jorge Alejandro Olivares Graindorge (en la foto), cometido a partir del 27 de julio de 1974.

Recordemos que el nombre de Jorge Olivares apareció entre las 119 víctimas de la maniobra de desinformación internacional conocida como “Operación Colombo”.

En fallo unánime (causa rol 122.171-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier, la abogada (i) Pía Tavolari y el abogado (i) Gonzalo Ruz– estableció un error de derecho en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al absolver a los agentes que cumplían funciones operativas y como guardias en el recinto de Londres 38, de responsabilidad en los hechos acreditados.

Así, en la resolución, la Sala Penal condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krasnoff Martchenko, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Gerardo Ernesto Godoy García, Manuel Andrés Carevic Cubillos y José Enrique Fuentes Torres a 10 años de presidio, en calidad de autores del delito.

En tanto, Juan Evaristo Duarte Gallegos, Pedro Ariel Araneda Araneda, Víctor Manuel Molina Astete, Manuel Rivas Díaz, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Herman Helec Alfaro Mundaca, Hugo del Tránsito Hernández Valle, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Gerardo Julio José Hoyos Zegarra, Nelson Paz Bustamante, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Osvaldo Pulgar Gallardo, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Fernando Enrique Guerra Guajardo, Hernán Patricio Valenzuela Salas, Juan Alfredo Villanueva Alvear, Lautaro Eugenio Díaz Espinoza, Leónidas Emiliano Méndez Moreno, Rafael de Jesús Riveros Frost, Carlos Alfonso Sáez Sanhueza y Máximo Ramón Aliaga Soto, deberán purgar 5 años y un día de presidio.

En el fallo de primera instancia sobre este caso, el ministro en visita Hernán Crisosto Greisse estableció los siguientes hechos:

“Jorge Olivares Graindorge, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria, en horas de la mañana del día 27 de julio de 1974 fue apresado en la vía pública, en la comuna de Santiago, por agentes del Estado pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia –DINA–, quienes lo trasladaron al recinto de reclusión clandestino denominado ‘Londres 38’, ubicado en dicha dirección en la ciudad de Santiago, siendo custodiado por guardias armados y al cual solo tenían acceso agentes de la DINA, en el que permaneció sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura por agentes de la citada entidad que operaban en dicho cuartel, siendo visto por última vez con vida un día no determinado del mes de agosto de ese año, sin que exista antecedente que hubiese sobrevivido a ese cautiverio”.

Revisa el fallo completo ACÁ

Sigue leyendo:


Reels

Ver Más »
Busca en El Ciudadano