Durante la tarde de este martes, la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco decidió revocar el sobreseimiento definitivo de la causa por asociación ilícita terrorista e incendio en contra de los 10 comuneros mapuche involucrados en la denominada “Operación Huracán”.
En la audiencia, los abogados del Gobierno buscaban revertir la resolución emanada desde el juzgado de Garantía de Temuco, instancia que el 9 de febrero había decretado el sobreseimiento definitivo de los dirigentes mapuche, además del cierre de la causa por delitos de carácter terrorista, en atención a los cuestionamientos de las pruebas recogidas por Carabineros, procedimiento que pasó a ser materia de investigación por parte del Ministerio Público.
Sin embargo, el tribunal de alzada decidió acoger el recurso del Gobierno, aun cuando los abogados defensores de los comuneros mapuche insistieron en la inocencia de sus defendidos y en la falsedad de las pruebas entregadas por la policía uniformada.
Según consigna Cooperativa, Jaime Huenchullán, uno de los acusados, aseguró que la “Operación Huracán” se trata de «un montaje político, creado por parte del Gobierno y las policías, en complicidad con los sectores empresariales de la zona”.
Luego de la audiencia, la abogada defensora de los imputados, Patricia Cuevas, se refirió a la decisión de la Corte de Apelaciones. A radio Kvrruf explicó que «se desestimaron los planteamientos que habían sido previamente acogidos por parte de cada uno de los imputados de esta causa».
«Lo que resuelve la Corte es que se deja sin efecto el sobreseimiento definitivo y, por lo tanto, el término que tiene hasta hoy la causa es única y exclusivamente la decisión de no perseverar. Eso significa que si el día de mañana aparecen nuevos antecedentes en esta causa, relacionados con los mismos hechos e imputados, podrían eventualmente volver a dirigir una investigación en su contra por los mismos hechos», precisó la abogada.
«No compartimos el razonamiento, creemos que todos los sujetos de nuestro país se presumen inocentes, así esta establecido en los tratados internacionales en materia de DDHH, por lo tanto, pedirle a la defensa que acredite la inocencia en un delito tan complejo, como es una asociación ilícita con carácter terrorista, que requiere ciertos elementos subjetivos para acreditar, creemos que es errado, que no se le puede exigir a un imputado que demuestre no ser parte de una organización y que la pregunta que debió haberse hecho es cuáles son los antecedentes que tiene la Fiscalía en contra de ellos. Esa respuesta hoy fue contestada y es que no existe ninguno. En base a eso , creemos que está establecida la inocencia de los imputados», complementó Patricia Cuevas.
El Ciudadano