El Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, solicitó a la Contraloría General de la República (CGR) un pronunciamiento para definir si las áreas de preservación ecológica (APE) pueden ser consideradas “bajo protección oficial” para efectos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
La solicitud a la CGR se basa en que en los últimos meses han ingresado a la Superintendencia del Medio Ambiente una serie de denuncias por la ejecución de proyectos inmobiliarios en las referidas APE, en la Región Metropolitana.
El pasado 4 de octubre de 2019, la Municipalidad de Lo Barnechea solicitó a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) pronunciarse respecto del proyecto “Chaguay”, ejecutado en dicha comuna, el cual podría eventualmente requerir contar con calificación ambiental previa, dado que su emplazamiento se encuentra dentro de una APE.
Asimismo, se recibieron denuncias por elusión al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) en contra de los proyectos “Chaguay”, “Hacienda Guay Guay”, “La Cumbre” y “Mirador Pie Andino”, ubicados en Colina.
En todos estos casos se debe definir si las APE incluidas en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago constituyen o no “áreas colocadas bajo protección oficial” para efectos del SEIA, y, por tanto, si los proyectos ejecutados en ellas deben contar con una Resolución de Calificación Ambiental previo a su ejecución.
La Superintendencia recurrió a la CGR, ya que si bien existe un pronunciamiento de la Contraloría Metropolitana al respecto, este solo aplica al caso específico por el cual ésta fue recurrida y no para otros casos como los detectados con posterioridad. Además, la jurisprudencia judicial tampoco ha zanjado este criterio.
Si la Contraloría General determina que las APE están bajo protección oficial, la Superintendencia deberá analizar adicionalmente si cada proyecto particular emplazado en estas zonas afecta o no el objeto de protección de la respectiva APE, considerando los impactos ambientales que son susceptibles de provocar.
En caso en que se afecte el objeto de protección de cada APE, se configuraría la elusión al SEIA, y se requerirá la evaluación ambiental del proyecto.