Plebiscito: Comienza oficialmente período de campaña del «Apruebo» y «Rechazo»

Este miércoles se dio inicio al periodo oficial de campaña para que los comandos del “Apruebo” y “Rechazo” difundan sus argumentos de cara al Plebiscito Nacional del próximo 25 de octubre en el que se definirá si Chile tendrá o no una nueva constitución política

Plebiscito: Comienza oficialmente período de campaña del «Apruebo» y «Rechazo»

Autor: Leonardo Buitrago

Este miércoles se dio inicio al periodo oficial de campaña para que los comandos del “Apruebo” y “Rechazo” difundan sus argumentos de cara al Plebiscito Nacional del próximo 25 de octubre en el que se definirá si Chile tendrá o no una nueva constitución política.

La legislación chilena establece que 60 días antes de una elección puede iniciar el periodo de campaña, el cual se extenderá hasta tres días antes del día en que se lleven a cabo los comicios.

De este modo, el Servicio Electoral (Servel) indicó que la propaganda se podrá realizar por medio de prensa y radioemisoras, y por activistas o brigadistas en la vía pública, mediante el porte de banderas, lienzos u otros elementos no fijos que identifiquen la o las opciones del plebiscito o la entrega de material impreso u otro tipo de objetos informativos.

También se podrá efectuar propaganda en los lugares calificados como plazas, parques u otros lugares públicos autorizados, y en espacios privados, mediante carteles, afiches o letreros, con autorización del propietario, poseedor o mero tenedor del inmueble, cuyas dimensiones no superen los 6 metros cuadrados totales.

Además, a partir de este miércoles las radioemisoras deberán transmitir seis spots diarios con información electoral de utilidad para la ciudadanía.

El viernes 25 de septiembre, en tanto, debe partir la emisión de la franja de propaganda gratuita en canales televisivos de libre recepción.

El Servel se encargará de regular la distribución de los espacios “velando por el uso equitativo de ellos y con el fin de no entorpecer el uso de estos espacios por la ciudadanía.

El Plebiscito Nacional del 25 de octubre dará la posibilidad a cada elector de aprobar o rechazar la redacción de una nueva Constitución, además del órgano que debiera redactarla: una “Convención Mixta Constitucional”, integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios y parlamentarias en ejercicio, o una “Convención Constitucional” conformada exclusivamente por miembros elegidos popularmente.

El día del plebiscito el elector recibirá 2 cédulas electorales (votos) que contendrán las preguntas:

1.- ¿Quiere usted una nueva Constitución?, seguida de dos rayas horizontales, una al lado de la otra con la respuesta “Apruebo” o “Rechazo”.

2.- ¿Qué tipo de órgano debiera redactar la Nueva Constitución? seguido de las respuestas: “Convención Mixta Constitucional” y “Convención Constitucional”, ambas seguidas con su respectiva definición.

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