Un proyecto de norma constitucional para consagrar los derechos digitales, alfabetización digital y protección de datos en la nueva Carta Magna, fue presentado por Francisco Caamaño Rojas, convencional del Distrito 14 , junto con un grupo de constituyentes de diferentes distritos y expertos en la materia.
En el texto, se plantea que «existen varios países que ya tienen leyes o principios dentro de la constitución sobre el acceso, accesibilidad y/o alfabetización, los casos más destacables son Estonia y Finlandia. Según la encuesta interNations, ambos países son considerados los más conectados del mundo, con grandes avances en la materia».
A pesar de que se aumentó a 30% el uso de las tecnologías para fines educativos, en las escuelas aún «no existe una educación que integre la alfabetización digital como contenido, lo que produce que no sepan utilizar los medios digitales más allá de un nivel usuario básico o con gran asistencia del profesorado, lo que impide un aprendizaje en el cual puedan desarrollar diferentes habilidades», refiere nota de prensa.
Además de la población infantil, la población adulta mayor también se encuentra en gran desventaja, sobre las tecnologías actuales, por lo que se considera necesario incluirlos en una «política de alfabetización», para así contar con una sociedad más digitalizada.
Todas estas medidas son promovidas, luego de que la ONU decretara en 2016 el acceso a Internet como un derecho humano básico.
De igual forma, el proyecto señala que poder contar con este derecho en la Carta Magna, podría consolidar la inclusión social en el país.
«Gozar de una conectividad digital garantizada y digna es una condición necesaria para la inclusión social y cuando esto no se cumple se genera una brecha digital lo que genera una ruptura de la igualdad», recalca el texto.
El proyecto ya cuenta con cuatro artículos redactados, que estarían incluidos en el renglón de «Derecho a la Alfabetización Digital».
El primero de ellos establece que «toda persona tiene el derecho a la alfabetización digital, al desarrollo del conocimiento, pensamiento y lenguaje tecnológico computacional, así como a gozar de sus beneficios».
El segundo plantea que el Estado «asegurará la alfabetización digital universal, el desarrollo del conocimiento, pensamiento y lenguaje tecnológico computacional, para que todas las personas tengan la posibilidad de ejercer sus derechos en los espacios digitales, para lo cual, creará políticas públicas y financiará planes y programas gratuitos con tal objeto».
En tercer lugar señala que el Estado debe participar y promover activamente el desarrollo social y económico,
así como la implementación de las telecomunicaciones y tecnologías de la información y comunicación, con el objetivo de democratizar y posibilitar los distintos modelos y alternativas de conectividad, considerando las diferentes realidades territoriales, aspectos geográficos, medioambientales y socioeconómicos, bajo los principios de equidad territorial.
«La ley determinará la forma en que el Estado y sus instituciones, además de la sociedad civil, participarán en los servicios de telecomunicaciones», señala el texto.
El cuarto artículo reza: «El Estado garantiza el cumplimiento del principio de neutralidad en la red. Las
obligaciones, condiciones y límites en esta materia serán determinados por la ley».