A partir de este 1 de agosto, los turistas chilenos y extranjeros podrán permanecer por sólo 30 días en Rapa Nui, debido a la entrada en vigencia de la ley 21.070, la que además establece una serie de requisitos a quienes deseen visitar la Isla de Pascua.
Tener pasaje de ida y vuelta, poseer una cédula de identidad o pasaporte según el caso, y contar con un alojamiento autorizado por Sernatur, son los requisitos que se exigirán a contar del próximo mes. Asimismo, en caso de fuerza mayor, los visitantes podrán prorrogar su permanencia en Rapa Nui por más tiempo.
En ese sentido, la legislación también detalla quienes podrán permanecer por más tiempo: los originarios de la isla y sus familiares, y los trabajadores, funcionarios públicos, investigadores, autoridades y candidatos inscritos en el Servel.
La razón para estas medidas se encuentra en distintos estudios han revelado que el crecimiento de la población en la Isla de Pascua ha sido responsable del deterioro en la calidad de los servicios básicos, el manejo de residuos, el estado medioambiental y la contaminación de los océanos, a lo que se suma el riesgo de daño al patrimonio cultural y arqueológico del pueblo Rapa Nui.