Ratifican decisión del CPLT sobre entrega de registros de cámaras corporales usadas por Carabineros durante el estallido social

El material debe proteger los datos personales que pudieren estar contenidos en la información cuya entrega se ordena

Ratifican decisión del CPLT sobre entrega de registros de cámaras corporales usadas por Carabineros durante el estallido social

Autor: Isailen Piñango

La Corte Suprema respaldó, este martes 25 de mayo, el requerimiento del Consejo para la Transparencia (CPLT) que obliga Carabineros a entregar los registros de cámaras corporales usadas durante el estallido social, pese a la apelación de la institución policial.

Para dar cumplimiento a esta orden, la institución, acorde al denominado principio de divisibilidad, debe proteger los datos personales que pudieren estar contenidos en la información cuya entrega se ordena, y especialmente las imágenes de personas que aparezcan en las videograbaciones, en particular, niños, niñas y adolescentes; así como cualquier otro antecedente que haga identificable a cualquier persona.

Carabineros aludió a que la negativa de acceso a los antecedentes se sustentaba en que debía destinar horas de personal dedicado a otras funciones para difuminar rostros y datos personales u otros detalles que permitieran identificar a las personas que aparecieran en un total de 666 registros audiovisuales, 170 horas aproximadas de grabaciones, recoge El Mostrador.

El material “requiere previamente efectuar todo un trabajo de revisión de cada registro audiovisual con la finalidad de realizar un difuminado de rostros u otros elementos que contengan las grabaciones que hagan identificable a una persona, a objeto de proteger los datos personales de las mismas, todo lo cual importaría distraer indebidamente al personal de Carabineros de Chile del cumplimiento regular de sus funciones habituales, lo que hace imposible dar cumplimiento al requerimiento”, se dijo desde Carabineros.  

La persona que solicitó el material audiovisual había requerido un documento con información básica sobre el registro visual, que debía responder a “los mismos parámetros de tiempo y lugar, incluyendo el tipo de videocámara corporal; fecha del registro; hora(s) del registro; nombre, cargo y rango del funcionario que portaba la cámara”.

En respuesta al requerimiento, la policía entregó un registro de las cámaras Edesix VB-400 Motorola, que portaban sus funcionarios en las fechas solicitadas, haciéndose presente que el sistema utilizado no incorporaría el dato asociado a detalles del personal. 

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Foto: web/referencial.

El 29 de abril, la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH) y otras organizaciones internacionales, como la Fundación Internacional Baltasar Garzón, presentaron una denuncia a la fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) en contra del presidente Sebastián Piñera por crímenes de lesa humanidad cometidos desde el estallido social a la fecha.

En un comunicado, dichas organizaciones decidieron acudir a tribunales internacionales, porque consideran que el Estado chileno no ha dado respuesta a las violaciones de derechos humanos denunciadas desde el 18 de octubre de 2019.

“Los ataques a la población civil por parte de los agentes del Estado, desde el mes de octubre de 2019 al mes de abril de 2021, han persistido mediante patrones de conducta apartados de los estándares internacionales sobre el uso de la fuerza y el respeto a los derechos humanos”, subrayaron.

Fuentes: El Mostrador/BBCL/América Economía.


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