La Corte de Apelaciones de Valparaíso anuló la sentencia que había absuelto a los dos carabineros implicados en la muerte de Danilo Cárdenas, ocurrida en marzo de 2020 en Llay Llay. Esto tras que en noviembre del año 2024, la justicia haya decidido absolver a los funcionarios policiales involucrados.
No obstante, la defensa de la víctima presentó un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso, la cual resolvió revocar el fallo y ordenar la realización de un nuevo juicio contra los uniformados. Así lo confirmó la abogada de la familia, Daniela Quiroz.
En este contexto, Quiroz recordó que, como representantes legales de los padres de Cárdenas, han sostenido que los hechos ocurrieron luego de que la víctima chocara su automóvil contra una patrulla de Carabineros en el peaje Llay Llay. Posteriormente, Danilo Cárdenas saliendo de su vehículo, insulto a los dos carabineros, como respuesta recibió disparos por el cabo Mario Díaz Eyzaguirre, funcionario perteneciente a la misma comuna. A pesar de estar herido, fue detenido y trasladado con vida en el furgón policial de la Subcomisaría de Llay Llay, bajo la supervisión del capitán Rafael Ramírez.
Carabineros negó asistencia médica
Carabineros, le negó la asistencia médica a Cárdenas, argumentando luego que no se dieron cuenta que estaba herido a bala y solo una vez que Cárdenas perdió la consciencia y no mostró signos vitales, fue trasladado al Hospital San Francisco de la misma comuna, el cual queda frente del recinto policial, constatándose en ese lugar su muerte.
En noviembre de 2024, el Ministerio Público de San Felipe, representado por el fiscal Julio Palacios, junto a la abogada Javiera Tapia, querellante institucional del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), y los representantes legales de la familia de Danilo, llevaron a cabo un extenso juicio de 17 días en el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe.
Durante el proceso, presentaron pruebas contundentes, testimonios, peritajes y documentos, así como contrainterrogatorios a los policías involucrados y a los testigos de la defensa. El juicio permitió desmentir las versiones previas difundidas por la prensa y la institución policial, que afirmaban que Danilo conducía un vehículo robado, tenía antecedentes policiales y portaba un arma bajo su pantalón con la que habría amenazado a los funcionarios. No obstante, en diciembre, el tribunal absolvió a los acusados de los cargos de apremios ilegítimos, tortura y homicidio simple planteados por los querellantes.
La Corte de Apelaciones anuló totalmente el fallo dictado
Posteriormente, la Corte de Apelaciones de Valparaíso anuló el fallo emitido por los tres jueces del Tribunal Oral. La Corte consideró que los magistrados habían incurrido en una valoración errónea y parcial de las pruebas, lo que impidió una fundamentación lógica y clara sobre los hechos. La sentencia cuestionó la falta de explicación respecto a las lesiones adicionales en el rostro y cuerpo de Danilo, considerando que, según el fallo inicial, solo había recibido disparos en el estómago y la rodilla.
Asimismo, la Corte destacó las contradicciones en las declaraciones de los testigos. Un funcionario de Carabineros, testigo presencial de los hechos, afirmó que nunca observó un elemento en las manos de Danilo que representara una amenaza real y que, aunque escuchó los dos disparos, no sintió un peligro inminente que justificara abrir fuego.
Por su parte, el capitán Ramírez declaró no haber advertido las heridas de bala, dado que no vio sangre; sin embargo, el mismo funcionario testigo señaló que su vestimenta quedó manchada de sangre al detener a la víctima.
En cuanto al resultado del fallo la abogada Daniela Quiroz sostuvo que, «como querellantes, valoramos que la Corte de Apelaciones de Valparaíso haya revisado y anulado esta sentencia mediante un fallo bien fundamentado. Las decisiones injustas afectan profundamente a las familias que sufren la pérdida de un ser querido, dejando a hijos sin su padre«.
Además, concluyó que estos actos «socavan la confianza de la sociedad en un sistema de justicia que debe operar sin sesgos ni discriminación, garantizando un trato equitativo para todos, sin importar el cargo o la posición de poder, ya sea un ciudadano común o un miembro de Carabineros de Chile».