El Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó al carabinero Jorge Luis Ulloa Sáez a la pena de cumplimiento efectivo de 7 años de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio simple, ilícito cometido en abril de 2020, en la comuna de Recoleta (Región Metropolitana).
En fallo unánime (causa rol 351-2022), el tribunal –integrado por las magistradas Carolina Palacios Vera (presidenta), Paula Rodríguez Fondón y Valeria Alliende Leiva (redactora)– aplicó, además, a Ulloa Sáez las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Asimismo, se dispuso que, una vez que el fallo quede ejecutoriado, se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
Además, se decretó el comiso de las especies incautadas, correspondientes a un bastón de madera (luma), pistola 9 milímetros con 13 municiones y vaina 9 milímetros marca Luger.
Los hechos
De acuerdo al fallo, el tribunal dio por acreditado que alrededor de las dos de la madrugada del 19 de abril del 2020, «a la salida del cerro Blanco ubicado en Santos Dumont N°641 de la comuna de Recoleta, Jorge Luis Ulloa Sáez acompañado de Paulo del Campo Jara, ambos funcionarios de Carabineros que se encontraban de franco, es decir, fuera del ejercicio de sus funciones, discutieron con cuatro sujetos de nacionalidad peruana».
Seguidamente, agrega el documento, Jorge Ulloa extrajo su arma de fuego «con la cual disparó a corta distancia y hacia la cabeza de la víctima Yefri Figueroa Díaz, provocándole un TEC abierto grave con entrada y salida de proyectil, esquirlas intraparenquimatosas e hiperdensidad subdural difusa, lesiones que le habrían provocado la muerte de no haber mediado asistencia médica oportuna».
La víctima quedó con secuelas permanentes por esta agresión: «Las secuelas producidas por el disparo tienen una prognosis negativa, con una recuperación de la motricidad escasa luego de dos años de la lesión, que mantienen al afectado atado a una silla de ruedas para poder desplazarse, lo que limita notablemente la vida de un joven que tenía 20 años a la fecha del hecho y que a raíz de este no solo vio limitada su movilidad, sino también sus proyecciones laborales, de estudio y familiares, debiendo tomar medicamentos a diario para controlar entre otras afecciones, la epilepsia post traumática que gatilló su lesión», detalló la sentencia.
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