Tras término de contratos entre la ANFP y Betsson: Pablo Milad sabía desde 2021 que el acuerdo era ilegal

De acuerdo a un reportaje publicado por el portal Interferencia, la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) le había notificado la situación a Milad a través de un oficio.

Tras término de contratos entre la ANFP y Betsson: Pablo Milad sabía desde 2021 que el acuerdo era ilegal

Autor: Absalón Opazo

A través de un breve comunicado de prensa, la Asociación Nacional de Fútbol Profesional de Chile (ANFP) informó el miércoles 11 de octubre (2023) el término de sus contratos con la casa de apuestas deportivas online Betsson.

Recordemos que hace algunas semanas, la Corte de Apelaciones de Santiago declaró inadmisible un recurso de protección presentado por la ANFP, en contra de la decisión de la Subsecretaría de Justicia que le ordenó terminar sus contratos con las casas de apuestas virtuales.

«La Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP) informa el término de los contratos que mantiene vigentes con Betsson a contar del 15 de octubre del presente año. Lo anterior responde a una decisión de Betsson conforme a los contratos suscritos entre las partes», señala el escueto comunicado publicado por la entidad en su sitio oficial.

Ante esto, el portal Interferencia recordó que el actual presidente de la ANFP, Pablo Milad, sabía desde el año 2021 que el contrato con Betsson era ilegal, pues la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) le notificó, mediante un oficio, de la demanda que el grupo de casinos Dreams -dueños de Monticello- interpuso contra Betsson, advirtiendo con esto las ilegalidades en el contrato publicitario del fútbol con esa casa virtual de apuestas.

En dicho oficio, la Superintendencia le señaló a Pablo Milad «que, a su juicio, la demanda tenía asidero legal al ampararse en el artículo 5 de la ley 19.995, que establece las bases de autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego. Según este artículo, para operar los casinos deben cumplir ciertas medidas estipuladas, pero en ningún caso el permiso de operación comprenderá juegos de azar en línea», apunta Interferencia en un reportaje publicado en agosto de 2022.

Así, según la interpretación de la SCJ, «cualquier actividad de promoción, publicidad, impulso u otra, relacionada con el juego en línea, adolecería de la misma ilegalidad que el juego en línea propiamente tal».

La publicación de Interferencia señala en ese sentido que «si bien la SCJ no tiene jurisdicción sobre la ANFP -cuestión por la que ofició al Consejo de Autorregulación y Ética Publicitaria (CONAR) y remitió los antecedentes al Ministerio Público en la causa contra Betsson-, los hechos denunciados por Dreams y respaldados por la Superintendencia suponen la existencia de eventuales vulneraciones que podrían existir por parte del sitio web Betsson al ordenamiento jurídico vigente».

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