El Tribunal Ambiental de Valdivia decidió levantar la medida cautelar de suspensión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Incorporación de tronadura como método complementario en la extracción mecánica de material estéril en Mina Invierno”, en Isla Riesco.
En la resolución, dictada este 24 de diciembre, el Tribunal sostuvo que “el reclamante no acompañó antecedente alguno que permita contrarrestar en sede cautelar la documental agregada por los oponentes; así como tampoco demostró su falta de verosimilitud de los antecedentes aportados por el titular oponente”.
“Por tal razón, y en espera del completo y cabal análisis de los antecedentes que se realizará en el pronunciamiento de fondo de esta reclamación, este Tribunal no tiene otro camino que dar verosimilitud a los informes sectoriales analizados y ponderados en la evaluación administrativa de los impactos ambientales”, detalló.
Debido a esta razón, explica el tribunal, y bajo el principio preventivo del Derecho Ambiental, “el Tribunal resolvió alzar dicha medida cautelar y en su reemplazo dictar una nueva medida, que autoriza a la Mina Invierno S.A. a ejecutar el proyecto Tronadura, condicionado al cumplimiento de un informe previo de diseño de la primera tronadura, el que deberá ser verificado en terreno por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) y la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA)”.
La nueva medida cautelar además instruyó que Mina Invierno deberá informar con 10 días de anticipación, a ambos servicios, el día y hora en que realizará la primera tronadura.
Respecto de las restantes tronaduras, el Tribunal Ambiental de Valdivia estableció que “Minera Invierno S.A. deberá remitir a este Tribunal, dentro de 5° días, un informe de caracterización de los fragmentos resultantes del proceso de tronadura, así como también del nivel de afectación del sustrato en los puntos de detonación, confeccionado por un palentólogo, indicando además si se han encontrado hallazgos paleontológicos”.