La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el sobreseimiento definitivo de la causa abierta por el director de Carabineros Bruno Villalobos contra el periodista Matías Rojas, desvirtuando la acusación realizada por el jefe policial que involucró al comunicador en un presunto delito de amenazas.
Según Villalobos, el hecho punible había ocurrido en el marco de un desayuno con la prensa, convocado en septiembre de 2015, donde Rojas le pidió reevaluar la postura adoptada por la institución frente a un reportaje de El Ciudadano titulado «Caso Matute: Los secretos del edecán de Bachelet«, el cual vinculaba al general de Educación, Rafael Rojas, con presuntas redes de narcotráfico.
El actual miembro del Alto Mando, quien se desempeñó como jefe de OS7 de Concepción y fue escolta de los presidentes Eduardo Frei y Ricardo Lagos, ha negado los nexos.
“Después de mencionar esto, el periodista me preguntó cómo se había ganado mi hijo una beca… La sensación que me produjo la conversación con este periodista fue de extorsión, porque sentí que me estaba presionando con mi familia para que yo sancionara al Coronel Rojas», declaró Villalobos ante el fiscal Marcelo Cabrera.
Posteriormente, evocó la autoridad, Rojas «hizo una serie de solicitudes por Ley de Transparencia relacionadas con informaciones personales, económicas y funcionarias mías y de mi hijo”.
Con la decisión, el tribunal de alzada capitalino ratificó lo establecido por el juez Cristian Sánchez del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, quien señaló que la conducta denunciada por el general director no constituía amenaza, sino el acto de «buscar información respecto de un caso periodístico», amparado en el derecho de libertad de expresión protegido por la Corte Interamericana de DDHH.
«En consecuencia, lo que hacía el periodista en ese momento era cuestionar… la mantención de un alto oficial de la República en un cargo al cual se le asignaba, al menos periodísticamente, algún tipo de responsabilidad en alguna comisión de un hecho ilícito”, expresó el magistrado, resaltando que el imputado no estaba “previsto de ningún tipo de instrumento, de herramienta, simplemente es un acometimiento verbal, tolerable para los funcionarios públicos”.
“Este juez de garantía, al igual que el Ministerio Público y los demás funcionarios del Estado, debemos soportar la crítica, debemos soportar que se nos indague eventualmente en nuestras vidas privadas para determinar la idoneidad con la que contamos para el ejercicio de las funciones por las cuales el Estado nos ha encomendado diversas funciones”, puntualizó.
Para el abogado Marcos Herrera Chirino, quien tomó la defensa particular de Rojas, la sentencia del tribunal dejó entrever la existencia de una denuncia que “habría sido artificiosa por parte del señor Villalobos, una denuncia temeraria que se levantó y que no reunía los requisitos del 296 del Código Penal (para que se configure la amenaza)».
«Hace hincapié mucho en el derecho internacional, y yo creo que eso es destacable”, subrayó.
El Ciudadano