Vocero de Carabineros que fue denunciado por la Corte Suprema se mantiene en el cargo

En octubre de 2017, el máximo tribunal acreditó que el Departamento de Comunicaciones Sociales vulneró el derecho a informar sin censura previa de un trabajador de El Ciudadano que fue expulsado a la fuerza de un punto de prensa.

Vocero de Carabineros que fue denunciado por la Corte Suprema se mantiene en el cargo

Autor: Matías Rojas

La tensión generada entre Carabineros y el Ministerio Público a raíz de la Operación Huracán no es más que una «controversia», explicó este martes el jefe del Departamento de Comunicaciones Sociales de la policía uniformada, Álex Chaván, a la salida de la conversación mantenida a puertas cerradas entre el general director Bruno Villalobos y el fiscal nacional Jorge Abbott.

«Fue una reunión agradable, de la cual se llegaron a importantes conclusiones dentro de la coordinación y dentro del ámbito que corresponde… Aquí no existe ningún problema, de ninguna institución, aquí hay una sola controversia. El caso se vio, no hay más que decir respecto del tema y las investigaciones tienen que seguir su curso», indicó el oficial.

Chaván se negó a realizar un mea culpa sobre las declaraciones emitidas por el general de inteligencia Gonzalo Blu, quien acusó a la Fiscalía de amparar la violencia en La Araucanía. También dijo que era falso que la Dipolcar haya seguido y fotografiado al persecutor regional que investiga el supuesto montaje de pruebas, Cristian Paredes.

Respecto a ambas situaciones, la molestia del Ministerio Público no ha tenido consecuencias para el Alto Mando ni han sido reprochadas con llamados de atención explícitos de La Moneda.

Ni siquiera ello ocurrió cuando el propio jefe del Departamento de Comunicaciones Sociales de Carabineros fue acusado ante la Corte Suprema de violar la Constitución Política de la República, hecho que pese a haber sido acreditado por la máxima instancia judicial del país, no provocó que Villalobos lo sacara del cargo.

En mayo de 2017, luego de ser expulsado a la fuerza de un punto de prensa en que Carabineros informaría las medidas de reestructuración con motivo del fraude, el trabajador del diario El Ciudadano Matías Rojas presentó un recurso de protección donde alegaba que se había vulnerado su derecho constitucional a informar sin censura previa.

El general Villalobos justificó el hecho, admitiendo que el jefe de Comunicaciones, Álex Chaván, había ordenado impedir el acceso de Rojas, ya que aún se encontraba pendiente una querella suya interpuesta en contra del comunicador, al que acusaba de «amenazarlo» a través de múltiples requerimientos por Ley de Transparencia.

Villalobos faltaba a la verdad, ya que el fiscal Centro Norte a cargo de la causa, Marcelo Cabrera, había cerrado la investigación por falta de antecedentes el 31 de marzo, en circunstancias de que la expulsión de Rojas se había producido el 28 de abril, es decir, casi un mes después, no existiendo formalización ni medidas cautelares que respaldaran el acto de Chaván.

En octubre de 2017, luego de analizar el caso, la Corte Suprema concluyó que «la acción de impedir que un periodista participe de un punto de prensa constituye una amenaza a la libertad de emitir opinión y la informar, sin censura previa, garantizada en el numeral 12 del artículo 19 de nuestra Carta Fundamental» (rol Nº 35.246-2017).

Acogiendo así el recurso, los ministros de la Tercera Sala, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y Arturo Prado, y los abogados integrantes Jaime Rodríguez y Jorge Lagos, recurrieron a una serie de normativas internacionales suscritas por Chile que dan cuenta de la relevancia de las libertades de expresión, opinión e información para la democracia.

El fallo aludió al Principio 5 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el cual indica que si la interferencia del proceso informativo «proviene de parte de la autoridad, puede considerarse que constituye una censura previa, la cual es la forma más grave entre las conductas prohibidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos».

«Incluso, los jueces abordaron una práctica que se ha hecho común de parte de ciertas autoridades públicas (en el cumplimiento de sus roles de Estado) de no dar conferencias o puntos de prensa, o no aceptar preguntas en estos espacios», destacó el vicepresidente del Colegio de Periodistas, Patricio Segura, en una columna para El Mostrador.

La Suprema citó para ello los planteamientos de Owen Fiss, profesor emérito de Derecho de la Universidad de Yale y ex secretario de la Corte Suprema de Estados Unidos: «No dar conferencias de prensa es una forma de censura, pues para garantizar la libertad de expresión en democracia el debate público sobre los temas de importancia, de mayor importancia, debe ser amplio, abierto y robusto».


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