La Asociación civil de Telecomunicaciones Indígenas Comunitarias (TIC) de México logró ganar un amparo relacionado al pago de alrededor de 1 millón de pesos que le exigía el Instituto Federal de Telecomunicaciones, por hacer uso del espectro radioeléctrico para sus operaciones.
Según la sentencia del Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, solicitó al órgano regulador de la radiodifusión y las telecomunicaciones mexicanas reconsiderar la decisión de cobro a esta organización que opera sin ningún tipo de lucro.
En el dictamen, el tribunal determinó que no hay razón para darle el mismo trato comercial a la asociación que brinda servicios de voz y de datos a costos accesibles en las comunidades indígenas que se encuentran en zonas remotas del Sur de México.
A su vez, el Tribunal reconoció que los servicios brindados por TIC involucran no solo la defensa de las garantías y los derechos humanos de los pueblos y comunidades indígenas en materia de comunicación y libertad de expresión sino que debe aplicarse el principio pro homine (pro persona) para favorecer la protección de las personas y colectivos que hacen uso de las telecomunicaciones.
Rhizomática y Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad, A.C., son las organizaciones que conforman TIC, quienes aprovecharon la oportunidad de agradecer al Tribunal por la decisión y a las personas que lo acompañaron durante el proceso judicial.
Por su parte, Erick Huerta, coordinador general adjunto de la organización Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad comentó que la Constitución es clara cuando refiere que todas las personas gozarán de los derechos humanos, sin discriminación y en caso de que exista alguna duda, la interpretación de las normas debe hacerse en pro de favorecer la protección de los derechos.
«Esta interpretación es una obligación que le corresponde hacerla tanto al poder judicial, como al poder Ejecutivo y a los órganos autónomos, oportunidad bonita a considerar la situación especial de los pueblos indígenas y sus derechos en la comunicación», indicó.
Destacó que el que tuviesen que pagan un millón de pesos significaba que debían cerrar la operadora negando la posibilidad a los indígenas de acceder a la comunicación y telecomunicaciones solo por un tema administrativo.
Huerta, dijo que pese a que el órgano regulador ya emitió una resolución en la que accede a interpretar la ley en cuestión, pero la exención del pago no será otorgada sino hasta que Telecomunicaciones Comunitarias Indígenas obtenga el estatus de “donataria autorizada” por parte del Servicio de Administración Tributaria; título otorgado a organizaciones civiles o fideicomisos para recibir donativos deducibles de impuestos.