¿Reproducción para la producción?

El derecho a decidir visibiliza un problema de justicia social, una mujer con recursos puede pagar una interrupción de su embarazo en condiciones excepcionales que incluye buena vista, cómoda cama, cuidados con plena reserva  y confidencialidad, mientras que una mujer que no tiene dinero trata de interrumpir su embarazo de manera clandestina, insalubre, arriesgando su […]

¿Reproducción para la producción?

Autor: Sebastian Saá

El derecho a decidir visibiliza un problema de justicia social, una mujer con recursos puede pagar una interrupción de su embarazo en condiciones excepcionales que incluye buena vista, cómoda cama, cuidados con plena reserva  y confidencialidad, mientras que una mujer que no tiene dinero trata de interrumpir su embarazo de manera clandestina, insalubre, arriesgando su vida y si llega a caer al hospital es vapuleada y denunciada.  Las cifras develan que de las muertes maternas, entre el 2000 y 2004, un  12,0% estuvo relacionado a un aborto[2] mal inducido, entonces ¿Podemos decir que Chile es un país que penaliza el aborto a todas las mujeres? Al parecer no, pues quien tiene dinero compra su derecho a tener derechos.

El derecho a la interrupción voluntaria del embarazo[3] fue consagrado como un Derecho Humano de las mujeres en la Conferencia de Viena de 1993, acuerdo que todo Estado democrático debiera garantizar. Este acuerdo democrático y ciudadano en pocos países no es una realidad, situación que va en desmedro del avance hacia el pleno ejercicio de los Derechos Humanos.

Son variados los argumentos que utilizan los grupos contrarios a la justicia reproductiva para sostener sus dogmas. La Antropóloga Lynn Morgan[4] investiga cómo estos sectores quieren apropiarse de la idea de Derechos Humanos, dándole un sentido a su antojo. Están hablando de tres cosas: derechos naturales, que son derechos divinos, que vienen directamente de Dios, supuestamente; derechos de los padres de familia, para oponerse a la educación sexual en las escuelas públicas; y de los derechos de los fetos. ¿Cómo es posible hablar de Derechos Divinos en Estados Laicos?

Dentro de la historia de las declaraciones de Derechos Humanos Lyan Morgan comenta que un diplomático chileno, Hernán Santa Cruz Barceló, trabajó en los años 40 con Eleanor Roosevelt para escribir la Declaración Universal de los Derechos Humanos. A esta declaración Santa Cruz Barceló propuso añadirle una frase que decía que las personas con enfermedades mentales y los no nacidos tenían derecho a la vida, el cual no fue incluido finalmente, ¿Por qué creen que este inciso fue rechazado?  ¿Si Roosevelt tuvo la claridad de instalar los Derechos Humanos en qué situación estaremos en Chile en el 2011?

Precisamente en la fotografía que acompaña este texto “Una píldora más y manos menos”, es el resultado que les preocupa a los grupos conservadores, confesionales y dueños de más de una empresa en nuestro país, esta mano que en la fotografía sostiene el mensaje es de un joven Opus Dei que se manifestaba a las afueras del congreso en contra la pastilla del día después ¿Qué podemos significar de su pancarta?

Escrivá de Balaguer, orientador de la doctrina de todo Opus Dei, señalaba que es Dios quien escoge la vida para que vivas, por cuanto es indispensable la entrega sumisa al destino que la providencia divina les ha confiado, ¿Qué mensaje sostiene este dogma? Lo que observamos es que es sentido divino que si un niño nace en familia obrera debiera ser obrero, que una trabajadora doméstica debe continuar hasta el fin de sus días en su oficio, que si una mujer queda embaraza producto de una violación es su obligación mantener el embarazo ¿Con esto puedes vivir?

Es sabido la importancia que tiene la mano de obra barata para sostener la economía de mercado, ya lo decía Marx en su análisis sobre la plusvalía. Producir al más bajo costo y obtener la máxima riqueza es premisa fundamental, lo vemos con la situación de la subcontratación, el trabajo doméstico, las temporeras agrícolas, los empaquetadores de súper mercado y en esta pancarta.

Entonces ¿Importa la reproducción para la producción? ó ¿Importa la justicia reproductiva para la igualdad? Continuar penalizando el Aborto sostiene la injusticia y la desigualdad.  El articulo nº 19 inciso 1º de la Constitución dice que una “la ley protege la vida del que está por nacer”, por tanto la prohibición del aborto no es una materia constitucional y puede legalizarse.  No se necesita una reforma constitucional sino sólo una ley que promueva la Justicia Reproductiva orientada a garantizar la Igualdad, la Libertad, la Dignidad y los Derechos Humanos.

Por Anita Peña Saavedra


Activista Feminista, participante de la Red Chilena Contra la Violencia Doméstica y Sexual, y Action Partner de Oxfam Internacional.

[2] Donoso, Enrique “mortalidad materna en Chile 2000-2004”, revista chilena de obstetricia y ginecología, Scielo, 2006; 71(4): 246-251

[3] Ver Art. 19 de la Convención en  http://www.unhchr.ch

[4] Entrevista realizada por Mariana Carbajal, publicada en página 12, 2011.


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