En los últimos días se ha desplegado una campaña de la oposición en contra de la reelección de Evo Morales en las elecciones generales para el 2014.
Es evidente que el proceso revolucionario que atraviesa Bolivia, que emerge desde los movimientos sociales, desde la gente, desde el indígena, el campesino, el obrero, el minero, desde la sociedad civil organizada, ha afectado directamente a las clases cavernarias políticas, a la oligarquía como clase privilegiada que monopolizó los bienes materiales del Estado y los privatizó; a los capitalistas, empresarios y élites de poder.
Es por eso que políticos de la vieja guardia como Carlos Borth, ex diputado por la agrupación opositora Poder Democrático Social (PODEMOS), y Luis Vásquez Villamor, ex senador de (PODEMOS), ahora hacen referencia a supuestos acuerdos y conversaciones, que se realizaron en la Asamblea Constituyente y el Congreso Constituyente, para la viabilización de la nueva Carta Magna y del nuevo Estado Plurinacional. Como condición, establecieron que el Presidente Morales habría renunciado a su derecho de postularse a una reelección. A la cual se le suman los líderes opositores Samuel Doria Medina de Unidad Nacional (UN) y Juan del Granado del Movimiento Sin Miedo (MSM), el último ex aliado del partido oficialista.
Dentro de la tensión política el Movimiento al Socialismo afirmó que son declaraciones falsas por parte de algunos dirigentes y el Vicepresidente Álvaro García Linera convocó a la oposición a ganarle al Presidente Evo Morales en las urnas y con el voto, y no con acciones “tramposas y antidemocráticas”, en las elecciones.
Dentro del constitucionalismo, el poder constituyente crea la nueva estructura global, estable e integrada del Estado, es la voluntad política creadora del Estado, que se convierte en voluntad jurídica al dictar la constitución y crear mediante ella el gobierno y ordenamiento jurídico de una sociedad. En el caso boliviano la nueva correlación de fuerzas ubica a un núcleo nacional popular como el articulador de la voluntad general de la sociedad.
El artículo 168 de la nueva Constitución Política del Estado establece que el periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años y pueden ser reelectas o reelectos por
una sola vez de manera continua.
Por eso, la nueva Carta Magna es aprobada en enero de 2009 (cuando entra en vigencia la nueva Constitución Política del Estado) y el Presidente Evo es elegido en diciembre de 2009 comenzando a ejercer sus funciones el 22 de enero de 2010. Por tanto, su primera gestión en el Estado Plurinacional es desde el 2010 al 2015 y por Constitución tiene derecho a postularse en una segunda elección.
Se entiende, por ende, que el único acuerdo jurídico y social está reflejado en el espíritu mismo de la Constitución Política del Estado, los acuerdos que ha firmado el Gobierno son los que están incorporados en la Constitución Política del Estado.
Por Sergio Salazar Aliaga
Estudiante de Derecho.