La impudicia de Zolezzi en la Universidad de Santiago

Es sorprendente que a 24 años de la recuperación de la democracia, el rector de una universidad pública pueda exonerar académicos apoyándose en un decreto promulgado por la dictadura militar. Lo anterior fue hecho por el rector Juan Manuel Zolezzi Cid en la Universidad de Santiago de Chile (USACH).

La impudicia de Zolezzi en la Universidad de Santiago

Autor: Leonel Retamal

CarlosEsparza-08072014En efecto, en febrero de 2012, Zolezzi utilizó el amplio poder que le otorga el estatuto orgánico de la USACH (DFL Nº 149 de 1982) y, de manera arbitraria, saltándose el mecanismo de evaluación y calificación del desempeño académico aprobado institucionalmente el año 2009, suprimió el cargo y exoneró a un número cercano a 80 académicos. Además de la arbitrariedad de la supresión de cargos, el proceso es muy controvertido pues el rector ha hecho afirmaciones que evidencian un conflicto de verosimilitud. Concretamente Zolezzi, exigido por la Ley de Transparencia, contradijo los argumentos que él diera a la comunidad académica y a la Contraloría General de la República a comienzo del 2012 para fundamentar las supresiones de cargo.

El 10 de febrero de 2012, Zolezzi informó a la comunidad académica de la USACH que la supresión de cargos se sustentaba en un proceso de evaluación académica basado en la recopilación, sistematización y análisis serio y detallado de indicadores académicos. Indicadores que, según él, habrían sido ponderados por Facultades, Departamentos y Escuelas, de manera que la supresión de cargos se habría realizado sobre argumentos técnicos, sólidos y responsables, que fueron compartidos en reuniones con Decanos y Directores. Sin embargo, Zolezzi nunca entregó a los afectados con la supresión de su cargo el resultado de la evaluación del quehacer académico que dijo había realizado. Por ello, los afectados no conocieron las razones de su exoneración y tampoco hubo posibilidad de una instancia de apelación. Cabe destacar que algunos Decanos y Directores, contradiciendo al rector, negaron su participación en el proceso de evaluación académica.

Por su parte, en abril de 2012 el Contralor General de la República considerando, entre otros hechos: a) que DFL Nº 149 faculta al rector para la determinación de la planta académica; b) que se había realizado una evaluación del quehacer académico; y, c) que para la transparencia e imparcialidad requerida por toda supresión de cargo se había contado con la participación de Decanos y Directores, tomó razón de la supresión de un grupo de 58 cargos académicos de planta mediante el Dictamen Nº 19.901 del 09 abril 2012. Uno de los exonerados fue el suscrito.

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Ante la arbitrariedad de la medida implementada por Zolezzi, tanto la Asociación de Académicos de la USACH, como algunos afectados, presentamos recursos de protección ante la Corte de Apelaciones. La Corte de Apelaciones rechazó los recursos de protección, argumentando tanto la pertinencia del DFL Nº 149 a efecto de suprimir cargos por el rector, como el hecho que la Contraloría General de la República ya había tomado razón de las supresiones de cargo. Posteriormente, en diciembre de 2012, la Corte Suprema, en fallo dividido 3:2, con los votos a favor de dos ministros y un abogado integrante, confirmó la sentencia previa de la Corte de Apelaciones.

Con lo ocurrido, es penoso constatar que el rector Zolezzi, que dice ser progresista, que incluso el año 2011 marchó junto a los estudiantes y la ciudadanía, utilice en democracia, de forma desvergonzada, el poder casi absoluto que le da un decreto promulgado en dictadura para justificar y defender su arbitrariedad contra sus colegas en los Tribunales de Justicia. Dicho lo anterior, hay que reconocer la elocuencia de los argumentos contenidos en el voto de minoría en el fallo de la Corte Suprema, que expresa que el DFL 149 no faculta al rector para actuar como lo hizo. Voto de minoría redactado por el entonces ministro Sergio Muñoz, actual presidente de la Corte Suprema.

Mientras se ventilaban los recursos de protección, planteé la arbitraria supresión de mi cargo a la Junta Directiva de la USACH, sin obtener éxito alguno. Luego, con posterioridad a que los Tribunales de Justicia rechazaran los recursos de protección, inicié consultas al rector Zolezzi sobre la supuesta evaluación y calificación de mi desempeño académico que había conducido a mi exoneración. Estas consultas las realicé en base a la Ley Nº 2.285: Ley para la Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de los Procedimientos de los Órganos de la Administración del Estado.

Exigido por la Ley de Transparencia, y contrariamente a lo que había informado a la comunidad académica y al Contralor General de la República a comienzo de 2012, Zolezzi respondió afirmando que para determinar los cargos que serían suprimidos no existió comisión evaluadora y, por lo mismo, no hay reglamentos ni puntajes generales o específicos como tampoco integrantes de esa supuesta comisión de evaluación.

En vista a que lo declarado por Zolezzi a comienzo del año 2012 y lo declarado posteriormente al ser exigido por la Ley de Transparencia son argumentaciones excluyentes entre sí, y evidencian un conflicto de verosimilitud, recurrí por amparo ante el Consejo para la Transparencia (CPLT). En la tramitación de los amparos, el 5 de junio de 2013 el CPLT realizó una audiencia de rendición y discusión de antecedentes. El CPLT acogió las solicitudes de amparo Roles C171-13, C573-13 y C574-13 (ver links [1] y [2] abajo) contra el rector Zolezzi, por denegación de información pública. Posteriormente Zolezzi recurrió ante la Corte de Apelaciones de ilegalidad contra el CPLT. El 25 de marzo de 2014 la Corte de Apelaciones falló contra Zolezzi rechazando los recursos de ilegalidad.

Luego del fallo de la Corte de Apelaciones adverso a Zolezzi, el CPLT pudo continuar la tramitación de los amparos. El 10 y 14 de abril 2014, el CPLT requirió de manera perentoria a Zolezzi para que respondiera en el plazo de cinco días hábiles los acuerdos en la decisión de fondo de los amparos correspondientes. A estos requerimientos, Zolezzi respondió “reconstruyendo” una evaluación para el Departamento de Física de la USACH, donde trabajé por casi 30 años. En la actualidad, la Unidad de Seguimiento de Decisiones y Sumarios del CPLT analiza la información entregada por Zolezzi para tomar la decisión final correspondiente.

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Al presente, lo cierto es que, independientemente de la decisión que tome finalmente el CPLT en los amparos que tramita, ya ha quedado demostrado de manera fehaciente el conflicto de verosimilitud (como lo denominó el CPLT), entre lo declarado por Zolezzi a la comunidad académica y a la Contraloría General de la República a comienzo del 2012, con lo declarado posteriormente cuando fue exigido vía Ley de Transparencia.

Por su parte, debido a que las declaraciones que hiciera Zolezzi vía Ley de Transparencia han dejado sin soporte lo afirmado por el Contralor General de la República en su Dictamen Nº 19.901 que tomó razón de la supresión de 58 cargos, con fecha 11 de diciembre de 2013 la Asociación de Académicos de la USACH solicitó al Contralor General de la República dos cosas: a) invalidar la toma de razón de los 58 decretos de supresión de cargos que considera el Dictamen Nº 19.901 y, b) iniciar una investigación para determinar las responsabilidades allí denunciadas, [3]. No obstante el tiempo transcurrido, todavía no hay respuesta del Contralor General de la República.

Es triste que en una universidad estatal de reconocido prestigio, como lo es la USACH, su rector se destaque por actuar con la más absoluta impunidad, decidiendo, por si y ante sí, emulando la peor época de los rectores militares, suprimir arbitrariamente una gran cantidad de cargos, amparándose en un decreto espurio de la dictadura militar, como lo es el DFL Nº 149 de 1982. Pero hay más: requerido vía Ley de Transparencia, Zolezzi no fue capaz de sostener la argumentación con que fundamentó inicialmente la supresión de cargos, quedando demostrado que no existe registro alguno de la manera cómo se determinó cuáles y por qué razón algunos cargos fueron suprimidos y otros no.

Ciertamente la Universidad de Santiago de Chile, heredera de la Escuela de Artes y Oficios y de la Universidad Técnica del Estado, con un reconocido prestigio forjado gracias al trabajo de miles de personas en sus 165 años de historia, merece mejores actuaciones que la desplegada por Juan Manuel Zolezzi. Merece ser dirigida por un rector probo, que actúe con rectitud y transparencia, y que tenga un genuino respeto por la comunidad universitaria. El país demanda educación de calidad, y nuestras universidades públicas deben ponerse a la altura de esas exigencias. Solo así estaremos honrando la memoria y construyendo la Universidad por la cual trabajaron, entre otros, Julio Jariez, Horacio Aravena, Enrique Kirberg y Víctor Jara.

Doctor en Física
Ex académico en el Departamento de Física
Universidad de Santiago de Chile


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