Para la denominada cultura legalista chilena, “heredera de las antiguas codificaciones legales romanas”, el tema de la Ley, se presenta (por aquellos autores interesados), como un elemento que permite, limita, o regula nuestra vida social. El derecho consuetudinario de carácter anglosajon, es un derecho constituido por prácticas sociales, de carácter inmemorial y sentido común, es el derecho común. Así visto, ambas se nos presentan como prácticas culturales opuestas. No obstante, observando un poco mas de cerca nuestro pasado, podemos observar que fueron las prácticas sociales entre los propios trabajadores, quienes, dieron origen en el mutualismo a la seguridad social. Cuando no existían derechos, cuando los grupos en el poder no les importaba la suerte de los trabajadores, entonces fueron estos mismos quienes hubieron de preocuparse por sí mismos. No esperaron a que en el Congreso Nacional se discutiera eternamente una ley, generaron un modelo de facto que aunque precario era propio. Sobre estos hechos constitutivos de los trabajadores, evolucionaría la legislación social. Sin la actividad y lucha del movimiento sindical, ganando cada día una pequeña batalla, generando acuerdos, consensos, ganando derechos y reconocimiento, no existiría el Chile que conocemos.
Actualmente, y producto de la presión de cientos de miles de personas, ha entrado en discusión en el Congreso Nacional, un proyecto de ley que, de malas ganas, intenta reconocer los legítimos derechos de miles de trabajadoras y trabajadores, discriminados junto a las personas con las cuales han decidido compartir sus vidas, temporal o permanentemente, cuando estas son del mismo sexo. Le llaman AVP, o Ley de Matrimonio Igualitario.
En este campo, el movimiento de trabajadores y en especial, La Confederación de Trabajadores del Cobre ha obtenido un logro H I S T O R I C O, en la última negociación colectiva en todas las divisiones controladas por Anglo American. Reconocer que los beneficios de salud, dental y otros, serán reconocidos a las parejas, o cónyuges de trabajadores, sin distinción de la orientación sexual de estas. Toda/os trabajadoras y trabajadores recibirán el mismo trato, como personas y sujetos de derechos que son. Esto sin esperar las medievales discusiones que se efectúan en la Cámara de Diputados, que más bien parece un sínodo de obispos, discutiendo cuestiones bíblicas, que un organismo laico, en donde deben estar representados los intereses de la ciudadanía toda.
Somos o no somos iguales, ese es el dilema. Tenemos todos los mismos derechos, ó unos tienen más derechos que otros. Una trabajadora lesbiana, gay, bisexual, transexual, trangénera, hétero, como podría hacerse la distinción, sin de paso atropellar los derecho fundamentales, el reconocimiento a la condición humana, con todo lo profundo de su significación. La confederación de trabajadores del Cobre, da una lección, de cómo ha de constituirse la base del derecho, el derecho del sentido común. Es ésta la base de la Ley, no lo que se discuta en el congreso. El resultado de las discusiones del Congreso habrán de enmarcarse, dentro de lo ya dicho y reconocido por la Confederación.
De no llegar a buen puerto y el conservadurismo clerical triunfase, las trabajadoras y trabajadores, habrán de buscar en el alero del movimiento sindical su legitimo reconocimiento.
Un derecho paralelo, un derecho al margen de la Ley. Pero ojo, esto no significa ilegalidad. Los acuerdos de los trabajadores por medio de la organización sindical, tienen reconocimiento, y son obligatorios para los contrayentes en todas las partes que señale la negociación colectiva. Desde esta perspectiva, los trabajadores chilenos, pueden encontrar en el movimiento sindical, una dimensión oculta del derecho y de los instrumentos que tienen en su lucha por el reconocimiento. Mas sindicatos, mas federaciones, mas confederaciones, de empresa, interempresas, multisindicales, centrales, significara, que independiente del clericalismo, los trabajadores podrán bregar por sus derechos.
Hoy en Chile, lo que esta en discusión nos son migajas, que si es AVP, matrimonio igualitario u otro sortilegio. Es el principio de igualdad ante la ley lo que esta en juego. Este es el tema central de la discusión pública. Para el movimiento sindical, no cabe duda alguna, trabajadoras y trabajadores, independiente de su orientación sexual, identidad de género, o cualquier condición preferencia o gusto, tienen los mismos derechos. No es acaso de sentido común pensar, que al emperador, patrón o empresario, no discrimina a la hora de explotar al trabajador o trabajadora. Porque entonces los sindicatos habrían de hacer distinciones entre sus asociados esperando el permiso de los parlamentarios, para actuar clara y decisivamente en la aplicación del sentido común, el principio de igualdad ante la ley. Los dirigentes sindicales afirmamos y reconocemos, que los derechos son la base de la ley. No nos detenemos en la espera de una ley especial que reconozca el derecho de nuestros asociados, esa es tarea nuestra.
Por Rodrigo Jiménez
Dirigente Sindical y activista MUMS