La suplantación de la academia por la burocracia de la BUAP

El Estatuto Orgánico propuesto supedita la autonomía universitaria a la voracidad de los funcionarios

La suplantación de la academia por la burocracia de la BUAP

Autor: Guadalupe Grajales

El viernes 22 habrá sesión extraordinaria del consejo universitario de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla para aprobar el nuevo Estatuto Orgánico.

Como siempre, les han hecho llegar a los consejeros el documento a “discutir” un día antes. El documento que define la estructura académica y de gobierno de la universidad y el que regula todas las actividades, funciones, derechos, atribuciones y facultades de organismos, autoridades, funcionarios de la universidad y, en consecuencia, la vida de toda la comunidad.

El objetivo más claro de la versión definitiva del Estatuto Orgánico es vaciar a los Consejos de Unidad Académica de sus funciones de evaluación del desempeño de las y los docentes y así legalizar la usurpación de sus funciones por parte de las vicerrectorías, fundamentalmente la de docencia que, a través de sus plataformas, decide como gran juez la asignación de las becas y de las compensaciones económicas a las y los docentes.

¿De qué sirve que los consejos de unidad académica sean la máxima autoridad si los vacían de sus funciones académicas fundamentales como lo es la evaluación de sus docentes, evaluación que se funda en el conocimiento de los planes e informes de trabajo?

Eliminar las funciones de evaluación de los consejos de unidad trae aparejada también la eliminación de las funciones propias de las academias, únicas capacitadas para proponer y resolver sobre los planes y programas de estudios ofrecidos por las distintas unidades académicas, entre otras muchas funciones ligadas a la docencia, la investigación y la difusión. Creen que la gobernanza digital puede suplir la preparación y el dominio que las y los docentes tienen sobre las disciplinas que estructuran los distintos programas educativos.

La administración en sus múltiples formas es como un monstruo de mil cabezas que avasalla a los verdaderos protagonistas de las funciones sustantivas de la universidad: los estudiantes y los docentes.

En realidad, el Estatuto Orgánico que pretenden aprobar es la suplantación de la academia y de la vida democrática por un aparato administrativo que se auto-reproduce sin límites y que pone en manos de los funcionarios las atribuciones propias de las autoridades personales y colegiadas.

Es un contrasentido legal e inadmisible para una institución que se precia de ser defensora de los derechos humanos y universitarios que un funcionario como la o el abogado general tenga la facultad de “Conocer, investigar y resolver las conductas contrarias a la normatividad que no correspondan a otra autoridad universitaria.” (artículo 86, frac. XII)

En una misma persona se concentran las facultades de recibir denuncias, investigar, dictar sentencia y sancionar.

Esto es así porque en el artículo 148 se señala “El Consejo Universitario y la o el Abogado General de la Universidad son los facultados para aplicar sanciones conforme al procedimiento previsto en la legislación universitaria. En todos los casos, la autoridad competente tendrá la obligación de respetar el derecho de audiencia de la persona integrante de la comunidad universitaria, a quien se le atribuya un acto u omisión para la cual la propia legislación fije una sanción.”

¡Ahora resulta que este funcionario es una autoridad! Por supuesto que no lo es. Las autoridades personales y colegiadas se distinguen porque son electas y los funcionarios, aunque sean del consejo universitario, son designados. Pero lo más increíble es que también le dicen a la rectoría: “quítate que ahí te voy”, pues el rector(a) y los directores(as) son las autoridades personales que, junto con las autoridades colegiadas, son los únicos facultados para sancionar según el artículo 153 del Estatuto vigente.

Pues ahora ni el rector(a) tiene esa facultad. Sólo la tiene la o el abogado general. Y esto es tan sólo una muestra de la estructura vertical y autoritaria que sustenta el Estatuto Orgánico propuesto.

¿Será posible que las y los consejeros universitarios aprueben esta flagrante violación a los derechos de sus representados y representadas? ¿Será posible que entreguen en bandeja de plata a una burocracia voraz el control absoluto sobre estudiantes y trabajadores(as) universitarios(as)? ¿Será posible que los consejeros dejen en la más absoluta indefensión a toda la comunidad universitaria?

Si lo hacen pasarán a la Historia como los consejeros más abyectos que jamás conoció nuestra universidad.

Por Guadalupe Grajales

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