Vergonzosa es la declaración de Senado chileno donde condenan la supuesta ruptura del orden constitucional en Venezuela.
Ese mismo Senado se erige sobre la antidemocrática e ilegítima Constitución chilena, la cual fue impuesta bajo el terrorismo de Estado de la dictadura pinochetista.
¿Con que moral y ética se atreven a condenar un Proceso Constituyente cuya iniciativa y alcance de poderes está claramente previsto en la los Artículos: 347, 348 y 349 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela*?
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Cabe recordar que en la Carta Magna de la República de Chile no está prevista posibilidad alguna de convocar al Poder Constituyente para redactar una nueva Constitución, no está previsto el Poder Originario del Pueblo. Dicha Constitución está hecha perfectamente a la medida para proteger la gran propiedad privada de unos pocos. Los derechos sociales están pavorosamente desprotegidos y todos son mercantilizables. Los espacios de participación democrática son mínimos y meramente formales; entonces ¿con que autoridad moral llaman dictadura a Venezuela?
Aquí, en los últimos 18 años han habido 21 elecciones, todas elecciones limpias en las cuales la oposición ha ganado importantes espacios. En esta última elección, la oposición no quiso participar pues tenían todo apostado a la agenda insurreccional y violenta de las guarimbas en su afán de derrocar al Gobierno. Aun así, en las elecciones del 30 de julio para elegir la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), participó el 42% del padrón electoral. Se alcanzaron más de 8 millones de votos lo cual otorga absoluta legitimidad a la ANC.
Tanto ha sido el impacto positivo que a partir del día siguiente a la elección, como por arte de magia, se terminaron las violentas manifestaciones callejeras que llevaban más de 3 meses con más de 120 fallecidos. A los pocos días los partidos políticos opositores abandonan el llamado a la calle y comenzaron a inscribir sus candidaturas a las elecciones de Gobernadores.
Por todo esto, desconocer la legitimidad de la Asamblea Nacional Constituyente y lo claramente previsto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es, ante todo, una insolencia y una injerencia, más cuando viene de quienes defienden y conviven con una Constitución profundamente antidemocrática, manchada en sangre y de origen claramente ilegitimo. Simplemente no tienen autoridad moral.
¿Por qué esa obsesión por atacar a Venezuela? ¿Por qué no sacan comunicados alertando del peligro mundial que representa el psicópata de Donald Trump? ¿Por qué el silencio sobre las fosas comunes de Colombia y México? ¿Por qué no critican el asesinato sistemático de dirigentes sociales y de periodistas es esos países hermanos? ¿Por qué nunca criticaron al reconocido narcoparamilitar, el ex presidente colombiano Álvaro Uribe? Demasiadas y contundentes son las pruebas que hay para acusarlo de narcotraficante y genocida. ¿Por qué nunca se pronunciaron?
La lista sería demasiado larga al nombrar tantas otras situaciones mucho más extremas que la actual difícil situación económica y social que vive Venezuela; pero no, Venezuela es un ejemplo peligroso de democracia revolucionaria, ejemplo peligroso de lo que es el Poder Constituyente al cual temen todas las oligarquías y los políticos a quienes financian.
¿Les suena SOQUIMICH, el Odebrecht chileno? Es la empresa pública enajenada por Pinochet que actualmente les financia sus partidos políticos y sus campañas. Creo que les resulta políticamente más rentable tapar toda esa mugre hablando de la crisis venezolana.
Resulta altamente sospechoso y vergonzoso que entre las y los senadores firmantes del comunicado estén desde los sectores más reaccionarios y pinochetistas hasta la pseudo centro izquierda. No es de extrañar que la derecha lo haga, nunca han tenido moral ni principios a la hora de defender sus privilegios y los de sus pares en otras latitudes. Lo doloroso que es este tipo de declaraciones la suscriban sectores que dicen creer en el socialismo, pero que en la práctica política gustosamente han gobernado durante casi 30 años el País consolidando en los hechos el perverso e injusto modelo neoliberal heredado de Pinochet.
Por último, hay que precisar cosas y despejar mentiras:
● No existe una violación sistemática de los Derechos Humanos en Venezuela; los casos puntuales en que hubo, durante el control y dispersión de manifestaciones altamente violentas, un uso excesivo de la fuerza y atropellos, están siendo investigados. Hay varios funcionarios policiales detenidos y los hechos siendo investigados. En cada caso de atropello ha habido una condena pública por parte de las autoridades nacionales.
● La declaración del Senado habla de parar la persecución a miembros de la Asamblea Nacional electos democráticamente. Inmunidad no es lo mismo que impunidad. Varios diputados hicieron llamados públicos a la ingobernabilidad y la sedición contra un gobierno elegido democráticamente. Varios de esos diputados (están los videos) salían públicamente comandando y saludando a encapuchados que luego causaban innumerables destrozos en la vía pública, encapuchados altamente violentos que llegaron a quemar vivos a seres humanos. Varios diputados incitaron abiertamente al odio, llamaron y conspiraron para una sedición insurreccional, golpista y/o intervencionista. Esos hechos no deben quedar impunes, y los responsables políticos deben ser juzgados.
A modo de reflexión final:
La experiencia del Gobierno Popular de Salvador Allende nos indica que si no actuamos con firmeza y determinación frente a la sedición y conspiración terminaran por derrocarnos y luego vendrá el terrorismo de Estado para someter al Pueblo y para descabezar su dirigencia política y social.
* Notas:
Artículo 347. El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.
Artículo 348. La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de la dos terceras partes de sus integrantes; los Consejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el registro civil y electoral.
Artículo 349. El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente.