Oficialmente, tras una votación de 4 contra 1, Jorge Segovia, recientemente elegido presidente de la Asociación Nacional de Fútbol (ANFP), fue inhabilitado para ejercer el cargo, por su relación comercial con Unión Española y la Universidad SEK.
La decisión se sustentaría en el artículo 164, letra I, de los estatutos del máximo organismo del fútbol chileno, que señala que “no podrán ser dirigentes de la ANFP las personas que hayan celebrado contratos de cualquier naturaleza con la Asociación o sus clubes asociados”.
El artículo en cuestión, indica, además, que «no podrán ser dirigentes de la ANFP las personas naturales que por sí, o a través de su cónyuge o parientes, hasta el segundo grado de consanguinidad, o de sociedades o empresas en las cuales sean director o dueño directo a través de otras personas naturales jurídicas de un 10%o más de capital, hayan celebrado contratos de cualquier naturaleza con la Asociación o sus clubes asociados».
La decisión habría sido tomada tras el informe emitido por la comisión jurídica de la Asociación, y en atención a los contratos que Segovia realizó entre el club de su propiedad y la Universidad SEK, para modificar el nombre del estadio Santa Laura.
Consultado por la prensa días atrás, el español señaló que no está en conocimiento de lo que se le señala. “Desconozco esa norma, y tendría que verlo con mis abogados para contestarle con mayor precisión», expresó en un diario de circulación nacional.
Ahora el caso va a un Tribunal de Honor y posiblemente se llamará a una nueva elección.
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El Ciudadano