Banco Santander quiso zafar, pero la Suprema lo frenó: obligado a indemnizar a cliente por transacción que no hizo

El máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda de indemnización y ordenó a la entidad bancaria a resarcir al cliente afectado.

Banco Santander quiso zafar, pero la Suprema lo frenó: obligado a indemnizar a cliente por transacción que no hizo

Autor: El Ciudadano

La Corte Suprema frenó al Banco Santander Chile en su intento por zafarse de la responsabilidad de indemnizar a un cliente por una transacción que no hizo.

En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia que acogió demanda de indemnización y que condenó a la entidad bancaria a pagar la suma de $4.998.620 por concepto de daño emergente, al cuentacorrentista por la transacción que no efectuó.

En fallo unánime (causa rol 881-2025), la Primera Sala de la Suprema –integrada por los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva Cancino, la ministra María Angélica Repetto, el ministro Mario Carroza y el abogado (i) Álvaro Vidal– descartó infracción en la sentencia impugnada, que fue dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en noviembre de 2024, la cual confirmó la de primer grado que rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva y que acogió parcialmente la demanda.

En su demanda, la clienta señaló que el 29 de octubre de 2018, alrededor de las 9:32, recibió
un mensaje en su celular que le informaba que se había realizado una transacción desde su cuenta corriente hacia la cuenta de ahorro del banco del Estado, por un monto de $4.998.620, la cual ella nunca realizó.

Al llamar al Banco se le informó que dicha transferencia la había realizado ella misma en virtud de un súper avance de su tarjeta de crédito, por un monto de $3.000.000- y que, acto seguido, hizo la transferencia al tercero por los $4.998.620.

La clienta afectada señaló que había contratado un seguro de fraudes con el banco y que en reiteradas ocasiones solicitó el bloqueo de la tarjeta de crédito sin haber tenido respuesta positiva de la institución

Indicó que debido a la trasferencia fraudulenta se generó un requerimiento, pero que no obtuvo la información requerida ni respuestas por parte dele ejecutivo que la atendió.

Posteriormente, se le informó que el día 14 de septiembre de 2018 se habían detectado dos intentos de transacción sospechosas que provocaron el bloqueo preventivo de la tarjeta.

Luego, el 10 de diciembre de 2018 le llegó un correo de una ejecutiva del banco en el que se notificó se que producto de la investigación por parte de la compañía a de seguros, el liquidador oficial recomendó una indemnización de $1.508.474, lo que a su juicio «es una se al inequívoca de la existencia del fraude».

En la demanda, la clienta señaló que debido al súper avance de $3.000.000, se vio en la obligación de cancelar los pagos mínimos por $471.290, desde noviembre de 2018 a junio de 2019, para no ser enviada al boletín comercial.

Suprema obliga al Banco Santander a indemnizar a clienta

Tras evaluar los antecedentes del caso, la Corte Suprema determinó que el Banco Santander «debía relacionar la eventual infracción de las normas invocadas con los contenidos jurídicos sustantivos del instituto que hizo valer en el juicio. En este caso, los artículos 1553 y 1555 del Código Civil, pues sirvieron de fundamento a la pretensión ejercida, así como también al artículo 1 del DFL Nº707, Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, ya que aquel precepto contiene los elementos y obligaciones esenciales del contrato que une a las partes, y cuyas reglas el demandado estima debieron aplicarse con preferencia a otras».

“Efectivamente, tales normas tienen el carácter de decisoria litis, pues sirvieron de sustento a la demandada y a los juzgadores para establecer el estatuto aplicable; en estas condiciones, al no venir acusado en el libelo de casación el quebrantamiento de la preceptiva sustantiva básica en comento –y que no puede entenderse satisfecha con su sola mención– a saber, la ley especial que rige el conflicto jurídico y que ha tenido influencia sustancial en lo resolutivo de la sentencia cuya anulación se persigue, el presente recurso será denegado», indicó en su resolución, según consignó el Poder Judicial.

Con estos argumentos, el máximo tribunal condenó al Banco Santander Chile a pagarle $4.998.620 por concepto de daño emergente, a la cuentacorrentista por la transacción que no realizó


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