¿Esperas aguinaldo?, esto debes tener en cuenta

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo brindará asesorías y acompañamiento a los empleados que lo soliciten

¿Esperas aguinaldo?, esto debes tener en cuenta

Autor: Lorena Vázquez

El aguinaldo es un derecho del cual gozan los empleados, por ley, estipulado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

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La parte patronal está obligada a cumplir con la disposición el 20 de diciembre, como fecha límite, que considera un monto mínimo de una quincena salarial.

Si los empleadores no acatan lo que dicta la ley, los trabajadores tienen derecho a emprender acciones legales para obtener su aguinaldo.

Debes tener en cuenta que aunque no tengas un año completo trabajando, te corresponde la parte proporcional al tiempo que has laborado.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), se encargará de asesorar a quienes así lo requieran, a través de estos teléfonos: 8009117877 y 8007172942, o al correo electrónico: [email protected].

¿Qué empleados tienen derecho al aguinaldo?

  • Los de base, confianza y planta
  • También los sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado y eventuales
  • No tienen derecho a un aguinaldo económico aquellos trabajadores contratados por honorarios, a menos que haya subordinación laboral, es decir, se presente servicios únicamente a un patrón y se cubra un horario de trabajo.

Foto: Archivo El Ciudadano México

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