Ley corta de isapres: TC admite recurso contra  mutualización de deuda de las aseguradoras

La acción fue presentada por los parlamentarios Juan Luis Castro (PS), Daniel Núñez (PC), Claudia Pascual (PC) y Juan Ignacio Latorre (RD), quienes acusaron que existe inconstitucionalidad en la indicación Nº8 planteada por la oposición, ya que incluye una rebaja de casi dos tercios en el monto de la deuda que deberían pagar las isapres.

Ley corta de isapres: TC admite recurso contra  mutualización de deuda de las aseguradoras

Autor: Leonardo Buitrago

El Tribunal Constitucional (TC) declaró admisible el requerimiento presentado por un grupo de senadores oficialistas respecto al mecanismo de mutualización para el cálculo de la deuda de las isapres en la ley corta que impulsa el Gobierno y que fue aprobada por la Cámara Alta.

La acción fue presentada a principios de febrero por los parlamentarios Juan Luis Castro (PS), Daniel Núñez (PC), Claudia Pascual (PC) y Juan Ignacio Latorre (RD), quienes acusaron que existe inconstitucionalidad en la indicación Nº8 planteada por la oposición.

En el texto, despachado por el Senado y que se está discutiendo actualmente en la Cámara de Diputadas y Diputado, se incluye una rebaja de casi dos tercios en el monto de la deuda que deberían pagar las isapres, de acuerdo a lo estimado por la Superintendencia de Salud.

De este modo, la deuda de las isapres pasaría de 1.180 millones de dólares a 451 millones.

A través de un comunicado de prensa, desde el TC informaron que el Pleno de ministras y ministros “resolvió admitir a tramitación y declarar admisible del requerimiento”

“El pleno del Tribunal Constitucional resolvió admitir a tramitación y declarar la admisibilidad del requerimiento deducido por un grupo de honorables senadoras y senadores”, señala el texto.

Lo anterior, “respecto de la indicación signada bajo el N°8 el artículo 3° del Proyecto de Ley que modifica el Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 2.763, de 1979, y de las Leyes N°s 18.933 y 18.469″.

“(…) en las materias que indica, crea un nuevo modelo de atención en el FONASA, otorga facultades y atribuciones a la Superintendencia de Salud y modifica normas relativas a las instituciones de salud previsional, contenido en el Boletín N° 15.896-11″, agrega el documento.

Asimismo, ordena al Presidente Gabriel Boric, al Senado y a la Cámara de Diputadas y Diputados a que “en un plazo de cinco días se pronuncien sobre el asunto sometido a la decisión del Tribunal”.

“Con ello, posteriormente esta Magistratura resolverá sobre el fondo del requerimiento escuchando alegatos de las partes en su oportunidad”, concluyeron desde el TC.

https://twitter.com/tribconst_chile/status/1767577445815746850

Cabe recordar que el proyecto impulsado por el Gobierno busca que las aseguradoras privadas cumplan con el fallo de la Corte Suprema que las obliga a ajustar el precio de sus planes a la tabla única de factores y así devolver el dinero a sus afiliados por cobros excesivos.

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