Durante el primer semestre de 2011 -período caracterizado por el levantamiento social que ha sacado a los trabajadores varias veces a la calle-, setenta y cinco empresas fueron sancionadas por prácticas antisindicales contra sus empleados.
La Dirección del Trabajo (DT) dio a conocer la lista que señala a los sectores de la Banca y el Transporte como los más transgresores de la norma laboral que asegura a los trabajadores la Constitución de sus Sindicatos, sin perjuicio de ser despedidos. Según la nómina, la minería y la Construcción también concentran gran cantidad de sanciones.
Cuatro operadores del Transantiago (Subus, Redbus, Gran Santiago y Buses Metropolitano), además de la compañía de buses interurbanos Tur Bus, fueron las más denunciadas por sindicalistas; pero los servicios públicos tampoco estuvieron exentos de reclamos por malas prácticas. El Servicio de Salud Metropolitano Occidente fue sancionado –en un monto no especificado- por no pago de fueros sindicales, mientras que la Corporación Municipal de Servicios y Desarrollo de Maipú fue multada en 100 UTM –aproximadamente 3 millones novecientos- por actos de hostigamiento a un dirigente sindical.
La sanción más alta fue aplicada a Disal Chile -comercializadora de baños químicos- por un monto de 300 UTM (poco más de once millones de pesos) por hostigamiento contra la organización sindical, despido de socios y actos de injerencia contra la misma.
La Minera Xrata; embotelladora Coca-Cola; AFP Provida, Calzados Guante y los Bancos Falabella y BBVA son otras de las más conocidas empresas multadas. Los abusos más recurrentes fueron la desvinculación ilegal del trabajador que integra un sindicato, la persecución a dirigentes, el reemplazo de empleados en huelga con nuevas contrataciones y los despidos masivos.
La directora de la DT, María Cecilia Sánchez, declaró a distintos medios de comunicación que la gran cantidad de sanciones tiene relación con el mayor acceso a los tribunales laborales, más que con un incremento en las prácticas antisindicales de la industria. La nueva justicia laboral, que comenzó a regir en 2009 para todas las regiones del país, acoge casos de manera gratuita –a través de las Corporaciones de Asistencia Judicial- y abrevia los plazos que demoraría la causa en un tribunal ordinario, “eso ha llevado a que los empleados hoy puedan denunciar y que vean que sus demandas justificadas se tomaron en consideración”, comentó la autoridad.
VACÍO LEGAL PARA LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
En torno al reciente paro de los trabajadores de la salud fiscal, durante el pasado 13 y 14 de septiembre, se hizo público el reclamo de la Confederación Nacional de Funcionarios de la Salud Municipalizada (Confusam) ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT) –y no ante la Dirección del Trabajo nacional- por hostigamiento a un dirigente sindical por parte del ministro de Salud, Jaime Mañalich, frente a la convocatoria a paro. La Presidenta de la Confederación, Carolina Espinoza, declaró que se vieron obligados a elevar sus denuncias a esta instancia porque Chile norma el derecho a la negociación colectiva y el derecho a sindicarse en forma voluntaria, pero no el derecho a huelga.
Es más, la constitución consagra que ningún funcionario estatal puede declararse en paro porque atienden servicios de utilidad pública, cuya paralización causa “grave daño a la salud, a la economía del país, al abastecimiento de la población o a la seguridad nacional”. Por otro lado, el Código del Trabajo define la huelga, para el resto de las empresas que no brindan servicio público, como el derecho que sólo tienen los empleados “involucrados en procesos de negociación colectiva”. En consecuencia, “Chile tiene una deuda con sus trabajadores estatales”, enfatizó Espinoza.
De todas formas, la publicación del listado de las empresas castigadas con multas, según Sánchez, directora de la DT, ayuda a “proteger el derecho a la libertad sindical, dar una sanción social para aquellos empleadores que no respetan la ley y crea un incentivo para que el resto de los empleadores no caigan en las mismas conductas penadas por la ley laboral”.
Por Paula Figari Rojas
El Ciudadano