En Chile el derecho a informar, la libertad de expresión sigue estando bajo amenaza. Lo anterior lo demuestra el fallo de la Corte Suprema que ni siquiera quiso revisar el fondo de la investigación periodística hecha por Interferencia, medio dirigido por el periodista Víctor Herrero.
La investigación versaba sobre un ex jefe de inteligencia de la policía, sumariado y removido de su cargo la que fue considerada por el 7 Juzgado de Garantía como injuriosa.
El medio intentó anular el fallo, recurriendo a nulidad de éste en la Corte Suprema, pero la nulidad fue rechazada ratificándose la condena.
El ánimo del ejercicio profesional del periodismo es informar. Es escrutar el actuar de los funcionarios públicos, más cuando se encuentran abiertos procesos en su contra.
No obstante, en un juicio por injurias, aunque el medio de comunicación haya aportado pruebas suficientes y lo que no se haya podido comprobar lo exprese de manera condicional, el derecho a la honra del aludido se pone por sobre el derecho a la libertad de expresión.
En este tipo de juicios lo que debiese importar es si el medio está diciendo la verdad y fue profesional en su trabajo, tiene respaldo de sus fuentes, si las checó etc. y quien debiese demostrar lo contrario es el acusado, pero ocurre todo lo contrario. Las pruebas y lo denunciado no son parte del juicio y lo que se pone en acento es la honra del aludido y quien debe defenderse es el medio de comunicación.
La honra de una persona puede ser definida como el “ Respeto y buena opinión que se tiene de las cualidades morales y de la dignidad de una persona”.
Aunque el aludido con sus actos se construyó un historial que hace que su reputación pierda valor, finalmente se culpa al medio de comunicación que expone a la luz publica el actuar de la persona, en vez de que se inicien investigaciones por parte de la justicia a raíz de la denuncia periodística.
Esta no es la primera vez que sucede un hecho de estas características en nuestro país. El Ciudadano también fue perseguido de la misma forma por denunciar el actuar de un ex parlamentario, donde finalmente lo que importó más fue la “honra” del denunciado.
Las penas por temas relativos a la honra en el ejercicio periodístico en Chile son de tipo corporal. Excesivas, un periodista por exponer la verdad sobre el actuar de un funcionario público y si este se querella exponiendo su honra fue afectada, puede terminar con el periodista preso hasta 5 años y un día.
Lo anterior es un elemento amedrentador de la actual legislación contra el ejercicio libre del periodismo y debe ser corregido.
En el caso de El Ciudadano este medio de comunicación que fue condenado en Chile, finalmente recurrió a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde su caso fue acogido.
Se ha llamado al Estado de Chile en dos oportunidades a responder y no lo ha hecho.
Es de urgencia, mientras en Chile no contemos con una Nueva Ley de Medios de Comunicación, los parlamentarios puedan presentar una iniciativa que permita derogar todo aquello que guarda relación con salvaguardar la honra por sobre la libertad de expresión como también las penas corporales asociadas.
Condenamos este injusto fallo contra el periodista Víctor Herrero y el medio Interferencia.
El Ciudadano