La Cámara Baja aprobó hoy, en su segundo trámite constitucional, un proyecto de ley que resguarda los derechos de los y las estudiantes que se encuentran involucrados en los procesos de cierre de las instituciones de Educación Superior declaradas en quiebra.
Esta iniciativa beneficiará a los alumnos extendiendo el giro de dichos centros hasta la fecha de cierre señalada en el decreto de revocación del reconocimiento oficial dictaminado por el Ministerio de Educación.
Actualmente, las instituciones que se encuentran en proceso de cierre se rigen por el artículo 113 del Libro IV del Código de Comercio. Ahí se establece que los acreedores pueden acordar la continuación del giro de la institución en quiebra por el plazo de un año, con la opción de prorrogarlo un año más. Algunos estudiantes, pese a esa extensión, necesitan más tiempo para terminar sus carreras.
Esta ley corrige este problema. Con la nueva normativa las casas de estudios podrán extender su giro por un tiempo mayor, teniendo como plazo máximo el mismo que se disponga en el decreto de revocación del reconocimiento oficial y cancelación de la personalidad jurídica.
“Lo anterior, con el objeto de resguardar el derecho a la educación de los y las estudiantes afectados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República, el cual establece expresamente el deber del Estado de otorgar protección al ejercicio de dicho derecho”, dice la iniciativa legal.