Suben las cuentas de luz: La Constitución rechazada hubiera garantizado el acceso equitativo

El Artículo 59 del texto proponía que: "Toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura".

Suben las cuentas de luz: La Constitución rechazada hubiera garantizado el acceso equitativo

Autor: Leonardo Buitrago

El reciente incremento en las tarifas de las cuentas de luz ha generado una fuerte polémica en el país y ha abierto el debate sobre la necesidad de replantear el modelo energético chileno, actualmente dominado por intereses privados.

A pocos días de que comience el invierno, las tarifas eléctricas sufrirán un alza que sin dudas afectará el bolsillo de todas las familias chilenas, más aún pensando en que la electricidad es uno de las principales fuentes energéticas para la calefacción.

El principal motivo del por qué subirán las cuentas, se explica por el ajuste en los costos de producción de energía, pese al aumento de la presencia de energías renovables en nuestro país y América Latina. Además, cabe recordar que las cuentas estuvieron congeladas desde 2019, debido a la pandemia del Covid-19 y el estallido social.

Según las autoridades el alza en las tarifas promediará un 15% y será proporcional al consumo de cada hogar. Al respecto, el aumento irá acompañado de una Ley de Estabilización, cuyo objetivo es mitigar este impacto en el bolsillo de las familias.

Críticas al aumento en las cuentas de luz

Sin embargo, a través de las redes sociales la medida ha sido centro de críticas por sus efectos en la economía de las familias.

Incluso algunos cibernautas se han referido a la propuesta de una nueva Carta Magna redactada por la Convención Constitucional, que no fue aprobada por la población en el plebiscito de septiembre de 2022.

En el Capítulo II del texto, referente a los derechos fundamentales y garantías en Chiles se incluyó el derecho energético.

En concreto, el Artículo 59 proponía que: «Toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura».

En tal sentido, el Estado debe garantizar «el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos».

De este modo, resultaba novedoso reconocer constitucionalmente a la energía como un derecho autónomo, teniendo en cuenta su vital importancia para garantizar una vida digna de las y los ciudadanos, al ser la base de muchos derechos (educación, salud, vivienda, alimentación, entre otros).

El artículo también planteó la necesidad de regular y fomentar «una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables y de bajo impacto ambiental».

Asimismo, consideraba que la infraestructura energética es de interés público.

En lo concerniente a la prestación del servicio eléctrico en nuestro país, la propuesta de la Convención Constitucional señalaba que el Estado debía fomentar y proteger a las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo.

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