El juzgado de guardia de Lleida ratifica, por un plazo de 15 días, las medidas acordadas por la autoridad sanitaria para Lleida ciudad, seis municipios y dos entidades descentralizadas, y pide información puntual de la pandemia», informó el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.
Así lo resolvió el juzgado dos días después de que una magistrada de la ciudad rechazara aplicar un confinamiento domiciliario a más de 160.000 habitantes de la comarca de Segrià, al norte de Cataluña, ante un rebrote del coronavirus.
La juez se opuso a la orden dictada por el Gobierno catalán, que debía entrar en vigor el 13 de julio, al considerar que contemplaba restricciones propias del estado de alarma, una herramienta que solo puede ser autorizada por el Gobierno de España.
También vio «desproporcionada» y «gravísima» esta medida en vista a los datos epidemiológicos en esta zona de Cataluña.
Tras el veto judicial, el Ejecutivo catalán aprobó de urgencia un decreto ley con modificaciones para sortear el bloqueo y blindar jurídicamente este tipo de actuaciones con respecto a futuros brotes.
Con el nuevo decreto sobre la mesa, otro juez de Lleida establece para este 15 de julio la validez del confinamiento durante 15 días prorrogables, y exige al Gobierno que informe semanalmente de la evolución de la pandemia en la zona.
«Las medidas son necesarias, pues las adoptadas hasta la fecha de esta resolución no han podido alcanzar ampliamente los objetivos de control de la pandemia y reducción de riesgo de contagios», argumenta este magistrado en su auto.
Entiende el juez también que las acciones previstas por el Gobierno catalán «son proporcionadas a las finalidades que se pretenden», aunque rechaza aplicarlas en uno de los municipios para las que se solicitaba, ya que los informes sólo registraron un contagio en julio.
Las restricciones que se implementarán en la zona de El Segrià serán un poco más laxas que las del estado de alarma en España.
Los ciudadanos podrán salir a pasear, hacer deporte y realizar otras actividades esenciales como comprar o dedicarse al cuidado de personas dependientes, mientras que los comercios podrán abrir mediante cita previa.
Sin embargo, deberán permanecer cerrados al público los locales de restauración, que solo podrán operar mediante encargos para recoger, y todos los establecimientos hoteleros, culturales y de ocio.
Asimismo, quedarán prohibidas las reuniones de más de 10 personas en espacios públicos o privados.
«Se aprecia una cuidada limitación de las restricciones en todos los ámbitos afectados; se procura proteger la salud y, al mismo tiempo, minimizar la afectación a las actividades económicas y el desarrollo de las actividades cotidianas de las personas», concluye positivamente el juez en su auto de ratificación de las medidas.
Cortesía de Sputnik
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